Page 407 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Resultados de la investigación Resultados de la investigación
La regulación de la antigüedad es, en los casos en que se regula, que son los que
aplican el CONVENIO DE INDUSTRIA CÁRNICA o pactos de desarrollo del mismo, la
siguiente:
“Como quiera que desde el 31 de diciembre de 1999 ningún trabajador devenga
nuevos bienios ni quinquenios por razón de antigüedad, al haber concluido el período
transitorio, la antigüedad consolidada al 31 de diciembre de 2017 se incrementará
desde el 1 de enero de 2018 en un 2,50 %. (Anexo VIII Convenio Industrias Cárnicas)”
Por lo tanto, los trabajadores del sector que aplican el Convenio de Industrias Cárnicas
no devengan antigüedad desde 1999, quedando la misma en un concepto denominado
“antigüedad consolidada” que aplica los mismos incrementos que el Convenio.
Como conclusión de este apartado hay que decir que, si bien dentro de 22 de los
24 (92%) Centros de trabajo de empresas donde se fabrica MDD tienen regulada la
antigüedad, todos ellos tienen congelada la generación de la misma. Por otra parte,
todos los centros de trabajo de empresas que fabrican MDD tienen regulada en sus
Convenios la misma.
Por lo tanto, consideramos que la regulación o no de la antigüedad no puede
considerarse un factor diferenciados entre los Convenios que fabrican MDD y los que
no lo hacen.
SEGURO COLECTIVO
Todos los Convenios de la muestra recogen cobertura de Seguro Colectivo en diversas
modalidades
Seguro Colectivo
Se regula
100%
No se regula
0%
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