Page 406 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Resultados de la investigación Resultados de la investigación
aplican en sus centros de trabajo la jornada laboral de 1.770 horas al año, que es la
pactada en el Convenio Colectivo Estatal de Industrias Cárnicas.
ANTIGÜEDAD
La mayoría de los Centros de Trabajo de la muestra analizada (93%, 28 de 30) recogen
en su articulado la regulación del concepto de antigüedad, en los términos de la misma
recogidos en el redactado del Convenio Estatal de Industrias Cárnicas. Los dos centros
de trabajo que no la regulan son los que aplican Convenio de empresa.
La regulación que se recoge en la totalidad de los Centros de trabajo de la muestra que
tienen recogida la antigüedad es la consideración de la misma como un Complemento
Ad Personam, ya que dejó de generarse en 1.999, pasando a ser un complemento ad
personam al que se aplican los mismos incrementos que al Salario base (2,50% para
2018).
Antigüedad
No se regula
7%
Se regula
93%
Entre los Centros de trabajo que tienen en sus condiciones laborales la regulación de
la antigüedad, el 79%, es decir, 22 Convenios pertenecen a empresas que fabrican,
total, parcial o mayoritariamente MDD.
Antigüedad
No Fabrica MDD
21%
Fabrica MDD
79%
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