Page 295 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
P. 295

FÉLIX SOLÍS AVANTIS, S.A. GRUPO
              DIGITALIZACIÓN EN EL GRUPO
                                                   SECTOR DE LA VID, CERVEZA Y BEBIDAS ALCOHOLICAS DE ZAMORA
           Protección social/económica del    NO
           trabajador/a
           Derechos digitales y protección de datos  NO

           Mecanización/automatización        NO
           Formación, cualificación y grupos   NO
           profesionales

           Medidas de adecuación de los cambios
           tecnológicos y prevención de riesgos   NO
           laborales
           Teletrabajo/Plataformas digitales  NO

           Contratación e implantación de nuevas
           tecnologías                        NO

           BYOD                               NO




             IGUALDAD FELIX SOLIS AVANTIS, S.A. GRUPO (CC. SECTOR DE LA VID, CERVEZA Y BEBIDAS ALCOHOLICAS DE ZAMORA)
                                                      ZAMORA (TORO)
                                                             Artículo 10.º- Principio de igualdad y no discriminación.
                                                             Los trabajadores y trabajadoras encuadrados dentro de la
                                                             aplicación de este convenio colectivo tienen como derechos
                                                             básicos, con el contenido y alcance que para cada uno de los
                                                             mismos disponga su específica normativa, los de: 1- A no ser
                                                             discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez
               Regula los términos y condiciones para garantizar el   empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los
          1
               principio de igualdad                         límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición
                                                             social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual,
                                                             afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua,
                                                             dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados
                                                             por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en
                                                             condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de
                                                             que se trate
                                                             Artículo 45.º- Derechos de la información y consulta y
                                                             competencias.
                                                             1. Los comités de empresa tendrá derecho a recibir información,
                                                             conforme a lo establecido en el artículo 64 del Estatuto de los
                                                             Trabajadores al menos anualmente, relativa a la aplicación en la
                                                             empresa del derecho de igualdad de trato y de oportunidades
               Planes de Igualdad
                                                             entre mujeres y hombres, entre la que se incluirán datos sobre
                                                             la proporción de mujeres y hombres en los diferentes niveles
                                                             profesionales, así como, en su caso, sobre las medidas que se
                                                             hubieran adoptado para fomentar la igualdad entre mujeres y
                                                             hombres en la empresa y, de haberse establecido un plan de
                                                             igualdad, sobre la aplicación del mismo.

               Comisión  de Igualdad
               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de
          2                                                  SI
               trato y de oportunidades entre hombres y mujeres
               Contratación

               Promoción
               Estabilidad en el empleo

               Formación





     294                                                                                                                                                                                                                               295
   290   291   292   293   294   295   296   297   298   299   300