Page 295 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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FÉLIX SOLÍS AVANTIS, S.A. GRUPO
DIGITALIZACIÓN EN EL GRUPO
SECTOR DE LA VID, CERVEZA Y BEBIDAS ALCOHOLICAS DE ZAMORA
Protección social/económica del NO
trabajador/a
Derechos digitales y protección de datos NO
Mecanización/automatización NO
Formación, cualificación y grupos NO
profesionales
Medidas de adecuación de los cambios
tecnológicos y prevención de riesgos NO
laborales
Teletrabajo/Plataformas digitales NO
Contratación e implantación de nuevas
tecnologías NO
BYOD NO
IGUALDAD FELIX SOLIS AVANTIS, S.A. GRUPO (CC. SECTOR DE LA VID, CERVEZA Y BEBIDAS ALCOHOLICAS DE ZAMORA)
ZAMORA (TORO)
Artículo 10.º- Principio de igualdad y no discriminación.
Los trabajadores y trabajadoras encuadrados dentro de la
aplicación de este convenio colectivo tienen como derechos
básicos, con el contenido y alcance que para cada uno de los
mismos disponga su específica normativa, los de: 1- A no ser
discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez
Regula los términos y condiciones para garantizar el empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los
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principio de igualdad límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición
social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual,
afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua,
dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados
por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en
condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de
que se trate
Artículo 45.º- Derechos de la información y consulta y
competencias.
1. Los comités de empresa tendrá derecho a recibir información,
conforme a lo establecido en el artículo 64 del Estatuto de los
Trabajadores al menos anualmente, relativa a la aplicación en la
empresa del derecho de igualdad de trato y de oportunidades
Planes de Igualdad
entre mujeres y hombres, entre la que se incluirán datos sobre
la proporción de mujeres y hombres en los diferentes niveles
profesionales, así como, en su caso, sobre las medidas que se
hubieran adoptado para fomentar la igualdad entre mujeres y
hombres en la empresa y, de haberse establecido un plan de
igualdad, sobre la aplicación del mismo.
Comisión de Igualdad
Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de
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trato y de oportunidades entre hombres y mujeres
Contratación
Promoción
Estabilidad en el empleo
Formación
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