Page 161 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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HIJOS DE RIVERA, S.A.
              DIGITALIZACIÓN EN EL GRUPO
                                                                    HIJOS DE RIVERA, S.A.U.-
           Protección social/económica del    NO
           trabajador/a
           Derechos digitales y protección de datos  NO

           Mecanización/automatización        NO
           Formación, cualificación y grupos   NO
           profesionales

           Medidas de adecuación de los cambios
           tecnológicos y prevención de riesgos   NO
           laborales
           Teletrabajo/Plataformas digitales  NO

           Contratación e implantación de nuevas
           tecnologías                        NO

           BYOD                               NO

                                 IGUALDAD EN HIJOS DE RIVERA, S.A.U. (CC HIJOS DE RIVERA, S.A.U.)
                                                     A CORUÑA (GRELA)
               Regula los términos y condiciones para garantizar
          1
               el principio de igualdad
                                                           CAPÍTULO X.–IGUALDAD
                                                           Artículo 57.–Plan de igualdad.
                                                            1.–La Empresa asume la igualdad de trato y oportunidades como
                                                           principio rector de su actuación. Hijos de Rivera se compromete
                                                           no sólo a cumplir la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva
                                                           de mujeres y hombres, sino también a conseguir que la igualdad de
                                                           género se integre totalmente en la Cultura de la Compañía. Como
                                                           apoyo a este compromiso la Empresa firmó el 17 de julio de 2008
               Planes de Igualdad
                                                           con la Xunta de Galicia, el “Acuerdo para la Integración de la Igualdad
                                                           en la Empresa”.
                                                           ANEXO IV Plan de igualdad de Hijos de Rivera, SAU. Acuerdo Marco
                                                           ÍNDICE I. Comisión de Trabajo para la igualdad: Composición
                                                           Funciones II. Diagnóstico de la situación III. El plan de igualdad en
                                                           Hijos de Rivera IV. Definición V. Cualidades VI. Objetivos generales
                                                           VII. Áreas y líneas de actuación VIII. Seguimiento y Evaluación IX.
                                                           Ámbito de aplicación y vigencia

                                                           2.–Con fecha 22 de febrero de 2008 se constituyó la Comisión de
                                                           trabajo para la igualdad de trato y oportunidades entre hombres
                                                           y mujeres de Hijos de Rivera (Comisión de Igualdad) formada por
                                                           tres miembros en representación del Comité de Empresa y otros
                                                           tres en representación de la Empresa, con el cometido de impulsar
                                                           la elaboración del mencionado Plan. Esta Comisión definió la
                                                           estructura organizativa, el acceso al empleo, las oportunidades
                                                           de desarrollo y formación, la retribución, la conciliación de la vida
               Comisión  de Igualdad                       laboral y familiar, la protección ante el acoso sexual y por razón de
                                                           género, la comunicación, lenguaje e imagen, la seguridad y salud
                                                           laboral como áreas de actuación prioritarias sobre las que debe
                                                           pilotar el Plan. Se adjunta el documento marco relativo a dicho plan
                                                           (anexo IV). Durante la vigencia del presente convenio, la Comisión
                                                           de Igualdad se reunirá periódicamente para el seguimiento y
                                                           evaluación del grado de cumplimiento de las acciones de mejora
                                                           puestas en marcha, así como para el tratamiento de aquellas
                                                           materias relacionadas con la igualdad de trato que lo precisen
               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de   CAPÍTULO X.–IGUALDAD
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               trato y de oportunidades entre hombres y mujeres  Artículo 57.–Plan de igualdad
                                                           Integrar el principio de igualdad en la gestión de procesos de
                                                           recursos humanos y en el ámbito de la negociación colectiva,
               Contratación
                                                           favoreciendo el acceso y la participación igualitaria de hombres y
                                                           mujeres en los procesos de selección.

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