Page 59 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Resultados de la Investigación
La Totalidad de los Seguros recogidos cubren la contingencia de Muerte o Invalidez
por Accidente de Trabajo. Algunos cubren también los gastos de Sepelio.
Existe, sin embargo, múltiples regulaciones en su cobertura, estableciéndose en
algunos casos diferencias en cuanto a la situación familiar o edad del asegurado.
También existe una gran disparidad en cuanto a las cantidades aseguradas.
Encontramos seguros con una cobertura de 3.000€ hasta 150.253,02€.
Algunas clausulas de seguro colectivo que resultan llamativas son:
CENTRO MEDITERRÁNEA DE BEBIDAS (GRUPO PEPSICO):
La indemnización distingue toda una: casuística en función de la contingencia
acaecida:: muerte, Invalidez absoluta, permanente o total) y también en función del
estado civil del accidentado: soltero, casado o divorciado con y sin hijos, con una
cobertura desde 6.010 € hasta 46.878 € según el supuesto.
DCOOP, S.C.A.:
Las empresas establecerán para sus trabajadores un seguro de accidentes de acuerdo
con lo que en esta materia obligue la legalidad vigente, y siempre no inferior a 30.900 €.
MONDELEZ ESPAÑA GRUPO:
trabajadores con una antigüedad superior a 6 meses parte la paga el empleado en la
cuantía de 0,60 €/mes, que será descontada en la nómina mensual. El capital asegurado
es de 36.060,73€, en caso de muerte por accidente se dobla la cantidad.
HEINEKEN ESPAÑA, S.L.:
Ligado al Plan de Pensiones, aunque con cobertura aparte. La indemnización varía en
función de la categoría profesional.
CLÁUSULA DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO:
El 49% de los Convenios Colectivas analizados no recoge ningún tipo de cláusula de
estabilidad en el empleo. Este porcentaje está muy por debajo del estudio anterior.
Cláusula de estabilidad en el empleo
No se regula
49%
Se regula
51%
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