Page 303 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Empresa:  GRUPO PEPSICO                                                     Ranking  32
                       Marca Blanca  SI
                            Grupo  GRUPO PEPSICO
                 Empresa o Convenio  ALVALLE S.L. (CONSERVAS VEGETALES)
                            Sector MULTIPRODUCTO
                    Código Convenio  99001305011981
                   Centro de trabajo  MURCIA
                           Vigencia  2016
                                   El periodo legal de ultra actividad previsto en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores
             Cláusula de ultraactividad
                                   tendrá una duración adicional de tres (3) años
                 Jornada Anual h/año  1.776 horas
           Jornada Semanal h/semana  No contempla
           Trabajador Fijo:  Peón €/año 14.179,65
             Trabajador Fijo:  Oficial 1 €/
                               año  14.827,65
                         Vacaciones  Treinta días naturales
                          Nº Pagas  2
                      Importe Pagas
                     extraordinarias  Salario base+antiguedad
                                   La antigüedad regulada en este artículo quedó fijada en el importe que tuviere cada trabajador al 31
                        Antigüedad
                                   de diciembre de 1995
                  Incremento Salarial No contempla
           Cláusula de Revisión Salarial  No contempla
                  Complemento de IT  No contempla
                                   Fallecimiento por muerte natural, 3.000 euros; en caso de muerte o de incapacidad permanente
                    Seguro Colectivo
                                   absoluta para todo trabajo por razón de accidente de trabajo, 15.000 euros.
                                   Pasarán a ser trabajadores fijos discontinuos los trabajadores eventuales que sean contratados por
           Cláusula de Estabilidad en el
                           Empleo  tercer año consecutivo, siempre que en los dos años anteriores hayan trabajado un mínimo de 100
                                   jornadas efectivas por año
                         Formación  Las partes acuerdan la constitución de una Comisión Paritaria Estatal del Sector
                                   Todos aquellos trabajadores que por accidente de trabajo o enfermedad profesional, con reducción
                       Salud Laboral  de sus facultades físicas o intelectuales sufran una capacidad disminuida, tendrán preferencia para
                                   ocupar los puestos más aptos, en relación con las condiciones que existan en la empresa
           Clausula de medio ambiente No contempla
                                   Las empresas que estén obligadas a ello conforme a la ley citada en el párrafo anterior deberán
                Cláusulas de igualdad
                                   elaborar un plan de igualdad. Comisión para la igualdad de oportunidades y no discriminación
             Conciliación vida familiar  No contempla
                  Violencia de género  No contempla
                                   La representación del Sindicato será ostentada por un Delegado Sindical en aquellos centros
                                   de trabajo con plantilla que excedan de 150 trabajadores y cuando los Sindicatos posean en los
                                   mismos una afiliación superior a 25 trabajadores. Por lo que respecta a la posible acumulación
                  Derechos Sindicales
                                   de horas mensuales retribuidas, los miembros del Comité, en cuanto componentes del mismo,
                                   podrán cederlas hasta el 100 por 100 de las que a cada uno correspondan, a favor de un trabajador
                                   de su propia Central Sindical. Comité intercentros
                       Digitalización  NO
                    Mejoras sociales I  Premio de permanencia equivalente a treinta días de salario de Convenio, más antigüedad
                                   El periodo legal de ultra actividad previsto en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores
                   Mejoras sociales II
                                   tendrá una duración adicional de tres (3) años
                  Mejoras sociales III  1.776 horas
                  Mejoras sociales IV  No contempla











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