Page 303 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Empresa: GRUPO PEPSICO Ranking 32
Marca Blanca SI
Grupo GRUPO PEPSICO
Empresa o Convenio ALVALLE S.L. (CONSERVAS VEGETALES)
Sector MULTIPRODUCTO
Código Convenio 99001305011981
Centro de trabajo MURCIA
Vigencia 2016
El periodo legal de ultra actividad previsto en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores
Cláusula de ultraactividad
tendrá una duración adicional de tres (3) años
Jornada Anual h/año 1.776 horas
Jornada Semanal h/semana No contempla
Trabajador Fijo: Peón €/año 14.179,65
Trabajador Fijo: Oficial 1 €/
año 14.827,65
Vacaciones Treinta días naturales
Nº Pagas 2
Importe Pagas
extraordinarias Salario base+antiguedad
La antigüedad regulada en este artículo quedó fijada en el importe que tuviere cada trabajador al 31
Antigüedad
de diciembre de 1995
Incremento Salarial No contempla
Cláusula de Revisión Salarial No contempla
Complemento de IT No contempla
Fallecimiento por muerte natural, 3.000 euros; en caso de muerte o de incapacidad permanente
Seguro Colectivo
absoluta para todo trabajo por razón de accidente de trabajo, 15.000 euros.
Pasarán a ser trabajadores fijos discontinuos los trabajadores eventuales que sean contratados por
Cláusula de Estabilidad en el
Empleo tercer año consecutivo, siempre que en los dos años anteriores hayan trabajado un mínimo de 100
jornadas efectivas por año
Formación Las partes acuerdan la constitución de una Comisión Paritaria Estatal del Sector
Todos aquellos trabajadores que por accidente de trabajo o enfermedad profesional, con reducción
Salud Laboral de sus facultades físicas o intelectuales sufran una capacidad disminuida, tendrán preferencia para
ocupar los puestos más aptos, en relación con las condiciones que existan en la empresa
Clausula de medio ambiente No contempla
Las empresas que estén obligadas a ello conforme a la ley citada en el párrafo anterior deberán
Cláusulas de igualdad
elaborar un plan de igualdad. Comisión para la igualdad de oportunidades y no discriminación
Conciliación vida familiar No contempla
Violencia de género No contempla
La representación del Sindicato será ostentada por un Delegado Sindical en aquellos centros
de trabajo con plantilla que excedan de 150 trabajadores y cuando los Sindicatos posean en los
mismos una afiliación superior a 25 trabajadores. Por lo que respecta a la posible acumulación
Derechos Sindicales
de horas mensuales retribuidas, los miembros del Comité, en cuanto componentes del mismo,
podrán cederlas hasta el 100 por 100 de las que a cada uno correspondan, a favor de un trabajador
de su propia Central Sindical. Comité intercentros
Digitalización NO
Mejoras sociales I Premio de permanencia equivalente a treinta días de salario de Convenio, más antigüedad
El periodo legal de ultra actividad previsto en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores
Mejoras sociales II
tendrá una duración adicional de tres (3) años
Mejoras sociales III 1.776 horas
Mejoras sociales IV No contempla
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