Page 87 - Comparativa de las relaciones laborales en el sector agroalimentario
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3.4. ITALIA
3.4.1. Normativa laboral básica
Introducción
El sistema de relaciones laborales en Italia es ciertamente complejo. De hecho, no existe
un único volumen o marco normativo que contenga todas las Leyes laborales aplicables
en Italia. Por el contrario, están contenidas en varias fuentes legislativas que es importante
conocer.
1. La principal fuente legislativa que regula determinados aspectos de la relación
laboral en Italia es la propia Constitución Italiana, que data de 1947.
El Artículo 1 de la misma define a Italia como “una república democrática fundada
en el trabajo”.
Además de este artículo, la Constitución contiene otras importantes indicaciones
legislativas en materia de trabajo. Muchas de las Leyes contenidas en el Título III
de la Constitución Italiana (Relaciones Económicas) se refieren a las relaciones
laborales, y particularmente a los derechos de las personas trabajadoras en Italia.
Los artículos más importantes son:
Art. 35: protege el trabajo en todas sus formas y aplicaciones
Art. 36: habla de remuneración proporcionada a la cantidad y calidad del trabajo
y de las horas de trabajo
80 81
Art. 37: establece que la mujer tiene los mismos derechos que los hombres en
materia de trabajo y salarios.
ITA- pueden trabajar
Art. 38: prevé la asistencia social y el mantenimiento de los ciudadanos que no
Art. 39: indica la libertad de organización sindical
Art. 40: prevé el derecho de huelga
Art. 41: señala la libertad de iniciativa económica privada o de empresa
2. Otra de las más importantes normas en materia de relaciones laborales en Italia
es el Estatuto de los Trabajadores (ley n.300/70). Se trata de la fuente legislativa
más importante y profunda en materia de derechos de las personas trabajadoras.
Más conocida con el nombre de Estatuto de los Trabajadores, esta Ley tiene por
LIA 3. Ley 604/66, sobre despidos individuales
título “Reglamento sobre la protección de la libertad y dignidad de los trabajado-
res, la libertad y la actividad sindicales en el trabajo y la normativa laboral”.
∞ Se trata claramente de una fuente legislativa muy extensa y que, a pesar de haber
sido promulgada hace 50 años, sigue siendo uno de los principales referentes
normativos en el ámbito laboral.
Esta Ley trata el espinoso tema de los despidos individuales. Tema complicado
tanto a nivel humano como legislativo, ya que a lo largo de los años se han su-
perpuesto varias disposiciones legales.
Según el artículo 1 de la Ley, se prohíbe el despido improcedente. En efecto, el
artículo dice: “en la relación laboral permanente [...] el despido del trabajador sólo