Page 81 - Comparativa de las relaciones laborales en el sector agroalimentario
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∞ Decreto ley nº 2017-1385, que regula el refuerzo de la negociación colectiva. Jerarquía de los convenios y acuerdos
∞ Decreto ley nº 2017-1388, que contiene distintas medidas relativas al marco de la Inicialmente, el código de trabajo había previsto la prevalencia de los convenios o acuer-
negociación colectiva. dos de ámbito superior, respetando al mismo tiempo, la aplicación de la regla más favora-
ble a las personas trabajadoras sobre un tema determinado (principio de favor).
∞ Ley laboral aprobada recientemente. L 2251-1
La ley de 4 de mayo de 2004 (Ley 2004-391, 4 mayo 2004) modificó esta disposición,
∞ Ley nº 2008-789, de 20 de agosto de 2008, relativa a la renovación de la demo- estableciendo que los acuerdos de empresa puedan derogar, incluso si son más desfavo-
cracia social y a la reforma del tiempo de trabajo. rables al trabajador, los acuerdos de sector, salvo si estos últimos lo prohíben. No obstan-
∞ Ley sobre diálogo social de 4 de mayo de 2004. te, el carácter imperativo de los acuerdos sectoriales se mantiene en algunos supuestos.
∞ Ley Auroux de 13 de noviembre de 1982. Extensión y ampliación de los convenios o acuerdos colectivos
Los convenios colectivo o acuerdos recogen en su articulado su ámbito de aplicación, el El objetivo de la extensión, es que las disposiciones de un acuerdo o convenio colectivo
ámbito geográfico y el ámbito profesional, en el que delimitan si es de carácter sectorial, sean obligatorias para los empresarios y las personas trabajadoras incluidas en su ámbito
de empresa o interprofesional. de aplicación; hayan o no hayan firmado los textos y estén o no adheridas a una organi-
zación sindical firmante. (Artículo L. 2261-15 del código de trabajo).
Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de un convenio o acuerdo están obli-
gadas a aplicarlos si forman parte de organizaciones patronales firmantes del convenio. Desde 2017 la ordenación laboral es más compleja tras la aprobación por el presidente de
la República Francesa, Emmanuele Macron, de cinco Reales decretos.
En caso de que se trate de una extensión de un convenio a otro, por una orden ministerial
de trabajo, la empresa pertenezca o no a una organización patronal firmante del conve- Entre los cinco decretos leyes del 22 de septiembre de 2017, dos se refieren a la negocia-
nio, está obligada a aplicar el texto negociado. ción colectiva. El decreto ley nº 2017-1385 regula el refuerzo de la negociación colectiva,
mientras que el decreto ley nº 2017- 1388 contiene distintas medidas relativas al marco
Los acuerdos o convenios colectivos cuyo ámbito de aplicación es la empresa, se aplican de la negociación colectiva. La prevalencia del acuerdo de empresa sobre el acuerdo de
de manera automática. sector se convierte en regla. Por otra parte, se facilita la negociación en las empresas con
menos de 50 personas trabajadoras, y los acuerdos también quedan mejor «asegurados»
74 (Artículos L. 2221-1 a L.2222-2, L.2254-1 L.2261-15 a l2261-31 del código de trabajo). ante el riesgo del recurso a la jurisdicción contenciosa. 75
Pasamos a explicar las diferencias de las negociaciones en función del ámbito de aplica- En cuanto a lo más concreto de la negociación colectiva en Francia podemos hablar que
ción.
cuentan con 2 convenios colectivos en el Sector Agrícola y 54 convenios colectivos en el
En el ámbito sectorial, las partes firmantes tienen la obligación de negociar: Sector de la Industria Alimentaria.
∞ Como mínimo, una vez al año, las condiciones salariales. El Salario mínimo de Francia está establecido 1.709, 47€ y la jornada laboral máxima, está
establecida en 1.607 horas anuales, distribuidas en 35 horas semanales. Si bien, esta jorna-
∞ Como mínimo, una vez cada tres años, la igualdad profesional, las condiciones da máxima, en sectores como el vitivinícola, es ampliable a 44 horas semanales, a través
laborales, la gestión anticipada de empleos y competencias profesionales de per- de la negociación colectiva y usando el concepto laboral de “modulaciones”.
sonas trabajadoras de mayor edad, la toma en consideración de los trabajos pe-
nosos, efectos de la estrategia de la empresa y salarios y la inserción profesional En cuanto a los sectores, encontramos muchas diferencias entre ellos y condiciones
y el mantenimiento en el empleo de las personas trabajadoras discapacitadas. poco homogéneas a la hora de poder hacer comparativas y/o establecer directrices en
las negociaciones. Si bien, es común a todos que, materias como la Igualdad, las Incapa-
∞ Como mínimo, una vez cada cinco años, la revisión de las clasificaciones de la cidades y Discapacidades se mejoran más acuerdos de empresa y acuerdos de grupo de
plantilla y la implantación de planes de ahorro empresarial. empresas que en los convenios o acuerdos de sector.
En el ámbito empresarial, la negociación de un acuerdo o un convenio de empresa per- Sector Industria Alimentaria
mite adaptar las normas del código de trabajo a las especificidades y necesidades de la
empresa. Para llevar a cabo estas negociaciones están legitimados los delegados sindica- Por un lado, nos encontramos con sectores como el de las Aves de Corral y el de Bebidas
les. En el caso de pequeñas empresas que no tengan delegados sindicales, pueden ne- no alcohólicas, que cuentan con organizaciones patronales “más duras”, reacias a la ne-
gociar en representación de las personas trabajadoras, los representantes elegidos para el gociación de condiciones salariales y de mejoras laborales.
comité de empresa, los delegados de personal o uno o varias personas trabajadoras con Por otro lado, el sector de la llamada “artesanía alimentaria” son más proclives a la nego-
mandato para hacerlo. En este último supuesto se requiere el cumplimiento de ciertos ciación y a mejorar las condiciones laborales de las personas trabajadoras.
requisitos (independencia de los negociadores con respecto al empresario, concertación
con los trabajadores, posibilidad de que el trabajador con mandato solicite ayuda a las Este sector está configurado por un número muy elevado de empresas. Solo el sector de
organizaciones sindicales representativas del sector). Panaderías cuenta con 940.000 personas empleadas. En este sector, detectaron la nece-
sidad de potenciar la salud laboral ya que las personas trabajadoras panaderas sufrían en-
fermedades relacionadas con el azúcar o la harina. Pusieron en marcha toda una batería
de medidas y acciones preventivas en pro de mejorar su salud. Entre ellas, una cobertura