Page 777 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, CHOCOLATES,
MASAS FRITAS, CARAMELOS Y TURRONES
CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE
CONFITERÍA, BOLLERÍA, REPOSTERÍA, REPOSTERÍA
ARTESANAL Y PLATOS PRECOCINADOS DE VALLADOLID|
Código de Convenio | 47000105011982
IGUALDAD
PROVINCIA: LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
VALLADOLID Artículo 11°- Igualdad de oportunidades Garantía de Igualdad de
Oportunidades y no discriminación entre las personas. 4. (…) En el caso de
VIGENCIA: empresas de más de 50 trabajadores/as, las medidas de igualdad a que se
2023-2025 refiere el párrafo anterior, deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de
un plan de igualdad, que deberá asimismo ser objeto de negociación en la
forma en que determine la legislación laboral
ESTADO: IGUALDAD SALARIAL:
NUEVO Nada
VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
Nº TOTAL Nada
TRABAJADORES: VIOLENCIA DE GÉNERO:
200 Artículo 47°- Violencia de género. Las partes firmantes de este convenio
manifiestan expresamente su absoluto rechazo a la violencia de género y
Nº MUJERES: siendo conscientes de que la negociación colectiva es el cauce óptimo para
150 facilitar el ejercicio de las medidas de protección para los/as trabajadores/as
víctimas de violencia de género en el ámbito laboral previsto en la Ley
Orgánica 1/2004, acuerdan al efecto reconocer como vías de acreditación
Nº HOMBRES: suficientes para el reconocimiento de las víctimas de violencia de género, lo
50 previsto en el titulo 2.° de la ley citada.
ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO:
Capítulo VI.-Faltas, sanciones y procedimiento sancionador Artículo 38°-
Faltas. c) Faltas Muy Graves: Son faltas muy graves, el fraude, hurto o robo
tanto a la empresa como a los/as compañeros/as de trabajo, los malos tratos
de palabra u obra a los jefes/as, compañeros/as de trabajo y subordinados/as,
la violación de secretos de la empresa, la embriaguez habitual, el acoso
sexual, el acoso por razón de sexo y la reincidencia en faltas graves dentro
del término de un año. Artículo 54º- Protocolo de acoso sexual y acoso por
razón de sexo. Protocolo para la prevención del acoso sexual y del acoso
por razón de sexo en el trabajo que será de aplicación en las relaciones
laborales del convenio colectivo del sector industrial de pastelería,
repostería, bollería y confitería de valladolid y provincia. Declaración de
principios I. Acoso sexual. II. Acoso por razón de sexo. III. Medidas
preventivas IV. Protocolo. Procedimiento de actuación. 1ª Fase:
Competencias y asesoramiento: El procedimiento de actuación se llevará a
cabo por el Comité Permanente de Igualdad, Comité de Seguridad y Salud,
u órgano equivalente. 2ª Fase: Denuncia. 3ª Fase: Conclusión V.
Confidencialidad de la investigación
MEDIDAS / ACOSO LGTBI:
Nada