Page 769 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, CHOCOLATES,


          MASAS FRITAS, CARAMELOS Y TURRONES



          CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR DE
          PASTELERÍA, CONFITERÍA, REPOSTERÍA Y BOLLERÍA DE LA

          PROVINCIA DE PALENCIA|

          Código de Convenio | 34000555011992
                                                  IGUALDAD






          PROVINCIA:                        LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
          PALENCIA                          Capitulo VII.- Igualdad y no discriminación Artículo 34- Planes de Igualdad
                                            (…) Se estará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
          VIGENCIA:                         el RDL 6/2019 de medidas urgentes para la garantía de igualdad de trato y
          2020-2023                         oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación y a los
                                            dispuesto en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre.

          ESTADO:                           IGUALDAD SALARIAL:
                                            Capitulo VII.- Igualdad y no discriminación Artículo 34- Igualdad en el trabajo
          REVISADO                          (…) Las partes firmantes del presente acuerdo consideran la igualdad de
                                            oportunidades  entre  mujeres  y  hombres  como  un  principio  básico  y
          Nº TOTAL                          estratégico de la gestión de la organización, comprometiéndose a integrar la
          TRABAJADORES:                     dimensión de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la
          138                               gestión de la empresa en conformidad con el Real Decreto 902/2020 de 13
                                            de Octubre de igualdad retributiva entre hombres y mujeres.

          Nº MUJERES:                       VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
                                            Nada
          40                                VIOLENCIA DE GÉNERO:
                                            Nada
          Nº HOMBRES:
          98                                ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO:
                                            Capitulo  VII.-  igualdad  y  no  discriminación  Artículo  34-  Acoso  moral  y
                                            sexual. Definiciones, conductas y prevención y sanción del acoso sexual en
                                            el ambiente laboral. (Generico)
                                            MEDIDAS LGTBI:
                                            Capitulo VII.- Igualdad y no discriminación Artículo 34- Las empresas velarán
                                            activamente porque se respete el principio de igualdad en el trabajo a todos
                                            los  efectos  (acceso  al  empleo,  selección,  retribución,  formación,  etc.)  y
                                            niveles de aplicación, no admitiéndose discriminaciones por razones de sexo,
                                            estado civil, discapacidad, orientación sexual, edad, raza, condición social,
                                            ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un sindicato, etc., dentro de los
                                            límites enmarcados por el Ordenamiento Jurídico.
                                            ACOSO LGTBI:
                                            Nada
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