Page 761 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, CHOCOLATES,


          MASAS FRITAS, CARAMELOS Y TURRONES



          Confiteria, pastisseria i brioixeria de la província de Girona

          |

          Código de Convenio | 17000045011994
                                                  IGUALDAD






          PROVINCIA:                        LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
          GIRONA                            Artículo  44.-  Derecho  supletorio  Para  todo  aquello  que  no  prevé  el
                                            presente convenio colectivo de trabajo, se se atendrá al que dispone el
          VIGENCIA:                         Estatuto de los trabajadores, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.
          2020-2023                         IGUALDAD SALARIAL:
                                            Artículo  35.-  Derechos  y  obligaciones  Los  derechos  y  obligaciones
          ESTADO:                           establecidos  en  la  legislación  laboral  afectan  igualmente  el  hombre  y  la

          NUEVO                             mujer. La mujer, a igualdad de trabajo, percibirá la misma retribución.
                                            VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
          Nº TOTAL
          TRABAJADORES:                     Nada
          660                               VIOLENCIA DE GÉNERO:
                                            Artículo 52.- El acoso sexual en las relaciones de trabajo y protección de
          Nº MUJERES:                       las  víctimas  de  violencia  de  género  B.  Protección  de  las  víctimas  de
          370                               violencia de género 1. La violencia de género incluye todo acto de violencia
                                            física y psicológica que se ejerce
          Nº HOMBRES:                       ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO:
          290                               Artículo 46.- Faltas. 3) Faltas muy graves: Son faltas muy graves el fraude,
                                            hurto  o  robo,  tanto  a  la  empresa  como  las  personas  compañeras  de
                                            trabajo,  los  maltratos  de  palabra  y  obra  o  la  falta  de  respeto  y
                                            consideración hacia los jefes o sus familiares y las personas compañeras de
                                            trabajo  o  subordinadas,  la  violación  de  secretos  de  la  empresa,  la
                                            embriaguez y la blasfemia, el acoso sexual en el trabajo Artículo 52.- El
                                            acoso sexual en las relaciones de trabajo y protección de las víctimas de
                                            violencia de género. A. Acoso sexual 1. Planteamiento Todas las personas
                                            tienen derecho al respeto y a la debida consideración de su dignidad, siendo
                                            el  acoso  sexual  en  las  relaciones  laborales  aquel  comportamiento  que
                                            puede comportar la vulneración de los derechos fundamentales protegidos
                                            por  el  arte.  10.1,  14  y  principalmente  el  arte.  18.1  de  la  Constitución
                                            española.
                                            2.  Concepto  3.  El  acoso  sexual  de  intercambio  4.  El  acoso  sexual
                                            medioambiental  5. Expediente informativo.
                                            MEDIDAS LGTBI:
                                            Nada
                                            ACOSO LGTBI:
                                            Nada
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