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AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE ÁMBITO
SECTORIAL PARA ACTIVIDADES AGROPECUARIAS DE LA
PROVINCIA DE JAÉN|
Código de Convenio | 23000165011981
IGUALDAD
PROVINCIA: LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
JAÉN Artículo 33º. Igualdad de Género y Prevención del acoso moral y
sexual (…) en la forma que determine la legislación vigente (actual
VIGENCIA: Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
01/10/2022 - 01/09/2026 mujeres y hombres). (…) En aras de favorecer la igualdad en el
sector agrario, las partes recomiendan que aquellas empresas que
ESTADO: contraten al menos a 40 trabajadores, dispongan de un Plan de
REVISADO Igualdad.
IGUALDAD SALARIAL:
Nº TOTAL Nada
TRABAJADORES: VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
80.000 Nada
VIOLENCIA DE GÉNERO:
Nº MUJERES: Nada
30.000 ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO:
Artículo 33º. Igualdad de Género y Prevención del acoso moral y
Nº HOMBRES: sexual. (…) Las empresas se comprometen a incorporar criterios y
50.000 establecer condiciones de trabajo adecuadas y un clima laboral
saludable, que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
Para ello, se llevarán a cabo acciones informativas y campañas
formativas. En este sentido, la empresa asume las siguientes
obligaciones: a) La empresa se compromete a prevenir y no tolerar
el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. b) La instrucción a
todo el personal de su deber de respetar la dignidad de las personas
y su derecho a la intimidad, así como la igualdad de trato entre
mujeres y hombres. c) El tratamiento reservado de las denuncias de
hechos que pudieran ser constitutivos de acoso sexual o de acoso
por razón de sexo, sin perjuicio de lo establecido en la normativa de
régimen disciplinario. La Empresa podrá establecer un
procedimiento interno para el seguimiento y vigilancia de situación
de acoso, previa denuncia del trabajador o trabajadora ante la
dirección de la Empresa, poniéndose en conocimiento de los
representantes del personal, si los hubiere. Se practicarán todas las
diligencias que procedan. El acoso sexual será considerado infracción
muy grave
MEDIDAS LGTBI:
Nada
ACOSO LGTBI:
Nada