Page 588 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS VINÍCOLAS
CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA
ELABORADORA, ALMACENISTAS Y DISTRIBUIDORES DE
VINOS, CERVEZAS, LICORES Y OTRAS BEBIDAS
ESPIRITUOSAS DE LA PROVINCIA DE BURGOS|
Código de Convenio | 9000395011981
JORNADA
PROVINCIA: JORNADA ANUAL: 1.786 horas anuales
BURGOS REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:
VIGENCIA: No
2022-2025 REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
No
ESTADO:
REVISADO REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
No
Nº TOTAL
TRABAJADORES: VACACIONES: 30 días naturales
1.877 CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
Artículo 13. – Jornada laboral. La empresa podrá distribuir de
Nº MUJERES: manera irregular a lo largo del año el diez por ciento de la jornada
657 de trabajo. Dicha distribución deberá respetar en todo caso los
periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley y
Nº HOMBRES: el trabajador deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días
1.220 el día y la hora de la prestación de trabajo resultante de aquella.