Page 588 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS VINÍCOLAS



          CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA
          ELABORADORA, ALMACENISTAS Y DISTRIBUIDORES DE
          VINOS, CERVEZAS, LICORES Y OTRAS BEBIDAS

          ESPIRITUOSAS DE LA PROVINCIA DE BURGOS|

          Código de Convenio | 9000395011981
                                                   JORNADA







          PROVINCIA:                        JORNADA ANUAL:                                 1.786 horas anuales
          BURGOS                            REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:

          VIGENCIA:                         No

          2022-2025                         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
                                            No
          ESTADO:
          REVISADO                          REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
                                            No
          Nº TOTAL
          TRABAJADORES:                     VACACIONES:                                       30 días naturales
          1.877                             CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
                                            Artículo  13.  –  Jornada  laboral.  La  empresa  podrá  distribuir  de
          Nº MUJERES:                       manera irregular a lo largo del año el diez por ciento de la jornada
          657                               de  trabajo.  Dicha  distribución  deberá  respetar  en  todo  caso  los
                                            periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley y
          Nº HOMBRES:                       el trabajador deberá conocer con un preaviso mínimo de cinco días
          1.220                             el día y la hora de la prestación de trabajo resultante de aquella.
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