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INDUSTRIAS VINÍCOLAS
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA INDUSTRIAS
VINÍCOLAS, LICORERAS Y ALCOHOLERAS DE LA PROVINCIA
DE CÓRDOBA|
Código de Convenio | 14000155011982
JORNADA
PROVINCIA: JORNADA ANUAL: 1.764 horas anuales
CÓRDOBA REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:
VIGENCIA: No
2022-2024 REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
Artículo 43. Teletrabajo Será de aplicación el Real Decreto-Ley
ESTADO: 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. En la empresa
REVISADO o empresas deberán articularse los medios necesarios para el
adecuado ejercicio y respecto de los derechos establecidos en los
Nº TOTAL artículos 87 a 91 de la LOPD, y en la normativa que la desarrolla o
TRABAJADORES: sustituya.
850 REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
Nº MUJERES: Artículo 43. Teletrabajo. Derecho a la desconexión:
125 Los trabajadores/as tienen derecho a estar digitalmente
desconectados, a no contestar correos ni a recibir llamadas fuera de
Nº HOMBRES: las horas de trabajo a fin de que quede garantizado su derecho al
725 descanso, permisos y vacaciones, así como a su intimidad personal y
familiar. La información, formación y sensibilización acerca de los
criterios establecidos en este precepto deberá transmitirse a los
trabajadores y trabajadoras de forma clara e inequívoca, debiendo
desarrollarse actividades formativas en tal sentido que aseguren el
correcto conocimiento de los criterios. Las empresas no podrán
tomar medidas contra las personas trabajadoras que hagan uso
efectivo de su derecho a la desconexión digital implantado en el seno
de la empresa.
VACACIONES: 30 días naturales
CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
No