Page 592 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS VINÍCOLAS



          CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA INDUSTRIAS
          VINÍCOLAS, LICORERAS Y ALCOHOLERAS DE LA PROVINCIA

          DE CÓRDOBA|

          Código de Convenio | 14000155011982
                                                   JORNADA







          PROVINCIA:                        JORNADA ANUAL:                                 1.764 horas anuales
          CÓRDOBA                           REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:

          VIGENCIA:                         No
          2022-2024                         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
                                            Artículo  43.  Teletrabajo  Será  de  aplicación  el  Real  Decreto-Ley
          ESTADO:                           28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. En la empresa
          REVISADO                          o  empresas  deberán  articularse  los  medios  necesarios  para  el
                                            adecuado ejercicio y respecto de los derechos establecidos en los
          Nº TOTAL                          artículos 87 a 91 de la LOPD, y en la normativa que la desarrolla o
          TRABAJADORES:                     sustituya.
          850                               REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:

          Nº MUJERES:                       Artículo 43. Teletrabajo. Derecho a la desconexión:
          125                               Los  trabajadores/as  tienen  derecho  a  estar  digitalmente
                                            desconectados, a no contestar correos ni a recibir llamadas fuera de
          Nº HOMBRES:                       las horas de trabajo a fin de que quede garantizado su derecho al
          725                               descanso, permisos y vacaciones, así como a su intimidad personal y
                                            familiar.  La  información,  formación  y  sensibilización  acerca  de  los
                                            criterios  establecidos  en  este  precepto  deberá  transmitirse  a  los
                                            trabajadores y trabajadoras de forma clara e inequívoca, debiendo
                                            desarrollarse actividades formativas en tal sentido que aseguren el
                                            correcto  conocimiento  de  los  criterios.  Las  empresas  no  podrán
                                            tomar  medidas  contra  las  personas  trabajadoras  que  hagan  uso
                                            efectivo de su derecho a la desconexión digital implantado en el seno
                                            de la empresa.
                                            VACACIONES:                                       30 días naturales
                                            CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:

                                            No
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