Page 597 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS VINÍCOLAS
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIA Y
COMERCIO INDUSTIRAL DE LA VID DE LEÓN|
Código de Convenio | 24005105011982
JORNADA
PROVINCIA: JORNADA ANUAL: 1.800 horas anuales
LEÓN REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:
VIGENCIA: No
2023-2026 REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
No
ESTADO:
NUEVO REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
No
Nº TOTAL
TRABAJADORES: VACACIONES: 30 días naturales
500 CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
Artículo 7.—Jornada de trabajo.—No obstante lo anteriormente
Nº MUJERES: establecido respecto a la duración semanal y su reparto diario, las
250 empresas y los representantes legales de los trabajadores, podrán
acordar una distribución distinta de la jornada, atendiendo a las
Nº HOMBRES: necesidades especificas, si bien la variación entre la jornada aquí
250 pactada y la que se pudiera acordar, no superará una hora diaria en
defecto o en exceso y nunca las las 1.800 horas anuales, y que en
ningún caso por aplicación de la distribución irregular de la jornada,
podrá producir merma en las percepciones económicas del
trabajador.