Page 591 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
P. 591
INDUSTRIAS VINÍCOLAS
CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO SECTORIAL DE LA
ACTIVIDAD DE INDUSTRIAS VINÍCOLAS PARA LA
PROVINCIA DE CIUDAD REAL|
Código de Convenio | 13000225011982
JORNADA
PROVINCIA: JORNADA ANUAL: 1.800 horas anuales
CIUDAD REAL REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:
VIGENCIA: No
2024-2025 REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
No
ESTADO:
REVISADO REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
No
Nº TOTAL
TRABAJADORES: VACACIONES: 30 días naturales
3.500 CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
Artículo 15.- Jornada laboral. b) Jornada irregular: Al objeto de
Nº MUJERES: facilitar la adecuación de los procesos de producción de las empresas
1.250 a las necesidades de la demanda, las empresas de este convenio
podrán modificar la jornada de forma irregular a lo largo del año en
Nº HOMBRES: un 5%. Este porcentaje podrá variar en función de las necesidades
2.250 acreditadas de las empresas y siempre con el acuerdo entre las
mismas y los representantes de los trabajadores, no excediendo
nunca del 20%.
La jornada máxima diaria ordinaria se establece en 12 horas.
Aquellas horas distribuidas irregularmente que comprendan los
sábados a partir de las 15,00 horas y los domingos y festivos, serán
retribuidas al valor de las horas extraordinarias, abonando las
empresas la diferencia entre el valor de la hora ordinaria y la hora
extraordinaria.
Durante el primer trimestre del año y de acuerdo con los
representantes de las personas trabajadoras, las empresas
elaborarán el calendario laboral reflejando las horas de jornada
irregular.