Page 9 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
P. 9
• Valoración de Puestos de trabajo. En este sentido se valora si el convenio
recoge la valoración de puestos de trabajo, junto con estudios de tiempos y
establecimiento de sistemas de primas o incentivos, como funciones de los
comités de empresa o delegados y delegadas de personal.
O si el convenio avanza más en este punto y ya incluye la valoración de puestos de
trabajo con perspectiva de género enmarcado dentro del artículo 4 del
RD902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres , lo
que supone que la retribución salarial establecida en el convenio para puestos de
igual valor en los distintos Grupos Profesionales será la misma para mujeres y
hombres, ya sea satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la
naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin que pueda producirse
discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o
condiciones de aquella, independientemente del género al que pertenezcan las
personas que los desempeñen. A tal fin, se atenderá a la naturaleza de las
funciones o tareas efectivamente encomendadas, a las condiciones educativas,
profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, a los factores
estrictamente relacionados con su desempeño y a las condiciones laborales en las
que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes.
• Protección de las trabajadoras víctimas de violencia de género. Se analiza si
el convenio incluye Ley 1/2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección
integral contra la violencia de género, si incluye alguno de los derechos de las
trabajadoras víctimas de violencia de género dentro del capítulo o artículo de
licencias y permisos. Si enumera brevemente o por completo, alguno o todos de los
derechos recogidos en esta ley o si da un paso más y recoge mejoras de los
derechos laborales de las trabajadoras víctimas de violencia de género legalmente
reconocidos.
9