Page 276 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2021 en el Sector Agroalimentario



               2.- ACEITE Y DERIVADO MADRID.(COMERCIO E INDUSTRIA)
                CÓDIGO CONVENIO        28000015011981
                VIGENCIA               2016-2019

                DENUNCIA DEL CONVENIO  Un mes
                NÚMERO DE TRABAJADORES  550
                HOMBRES                330
                MUJERES                220

                JORNADA                1.788 horas anuales
                VACACIONES             30 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2019
                INCREMENTO SALARIAL    0,60%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas extraordinarias
                SALARIO ANUAL          Peón: 11.950,08 €  Oficial 1ª: 12.148,83 €
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   Para el año 2019, los salarios del año 2018 tendrán como incremento, un 0,60%, siempre que el incre-
                                       mento del IPC sea inferior al 1%. Si el IPC fuese superior al 1% e inferior al 2%, los salarios se incremen-
                                       tarán un 1%. Si el IPC fuese superior al 2%, los salarios se incrementarán un 1,50%.
                COMPLEMENTO DE IT      1.- Cuando el trabajador o trabajadora cause baja por enfermedad, percibirá durante el periodo de 12
                                       meses, a partir del cuarto día, el 100% de su salario real, con deducción de la cantidad que por la Segu-
                                       ridad Social pudiera corresponderle.
                                       2.- En los casos de baja por accidente de trabajo, el trabajador o trabajadora percibirá el 100% de su
                                       salario real, con deducción de la cantidad que reciba por la Seguridad Social, hasta tanto sea dado de
      276                              alta en su situación.
                CLÁUSULA DE            NO
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Las organizaciones firmantes desarrollarán, a través del acuerdo en el marco de la Comisión establecida
                                       en el artículo anterior, iniciativas generales de actuación  recomendaciones para evitar prácticas de vio-
                                       lencia y acoso sexual en el trabajo dentro del ámbito de aplicación de este Convenio.
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       UGT, CCOO Y ASLINSA
                VARIOS / OBSERVACIONES
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