Page 278 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2021 en el Sector Agroalimentario



               4- CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE ADEREZO, RELLENO, ENVASADO Y EXPORTACIÓN DE ACEITUNAS PARA
               SEVILLA Y SU PROVINCIA
                CÓDIGO CONVENIO        41000045011982
                VIGENCIA               2013-2017

                DENUNCIA DEL CONVENIO  Denunciado
                NÚMERO DE TRABAJADORES  10.571
                HOMBRES                4.548
                MUJERES                3.023

                JORNADA                1.808 horas anuales
                VACACIONES             30 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2017
                INCREMENTO SALARIAL    0,60%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias de S.B.+Complmentos+Ant. 1 paga paga de beneficios de S.B.+Ant.
                SALARIO ANUAL          Peón: 15.193,29 €  Oficial 1ª: 15.697,66 €
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
                COMPLEMENTO DE IT      NO

                CLÁUSULA DE            Las empresas afectadas por este convenio y para el desarrollo de su actividad propia no podrán celebrar
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  contratos distintos al contrato de trabajo fijo o fijo de trabajo discontinuo, con un número de trabajadores
                                       que supere el 25% del número de trabajadores fijos y fijos de trabajo discontinuos que desarrollen la
                                       actividad propia en cada empresa. El limite anterior del 25% también afecta a las empresas de trabajo
      278                              temporal y a todo tipo de subcontratas.
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Los trabajadores que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas del te-
                                       rrorismo tendrán derecho para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral,
                                       a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del
                                       tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras
                                       formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       ASOGRAMA, UGT, CC.OO.
                VARIOS / OBSERVACIONES  Firmado preacuerdo de eficacia limitada, sin publicación
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