Page 151 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.3.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones



        14.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR DE CONFITERÍA, PASTELERÍA, BOLLERÍA Y REPOSTERÍA INDUSTRIAL
        DE VALLADOLID

         CÓDIGO CONVENIO        47000095011982
         PROVINCIA              VALLADOLID
         VIGENCIA               2021-2023
         ESTADO                 NUEVO
         NÚMERO DE TRABAJADORES  225
         HOMBRES                70
         MUJERES                155

         1.- POLÍTICA SALARIAL
         EJERCICIO ECONÓMICO    2021

         INCREMENTO SALARIAL    0,50%
         SALARIO ANUAL          Peón: 13.366,50 €  Oficial 1ª: 14.417,88 €
         DIFERENCIA CON SMI 2021  Peón: 66,50 €   Oficial 1ª: 1.117,88 €
         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL A principio de cada año y una vez se recoNozca el IPC real del año anterior se procederá al cálculo de
                                la tabla definitiva de ese año anterior determinando que si el incremento es superior al de las tablas
                                provisionales aplicadas durante el año la diferencia generará unos atrasos que deberán ser abonados en
                                el mes siguiente al de la publicación de dicha tabla definitiva.
                                Si en alguno de los años de duración del convenio el IPC real hubiera sido negativo, las cantidades
                                percibidas de más No serán devueltas.
         2.- IGUALDAD
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         REGULA EL PRINCIPIO    Los derechos establecidos en el presente Convenio afectan por igual al hombre y la mujer, de acuerdo
         DE IGUALDAD SALARIAL   con las disposiciones vigentes en cada momento. Ninguna cláusula de este Convenio podrá ser inter-
                                pretada en sentido discriminatorio en los grupos profesionales, condiciones de trabajo, remuneración
                                entre trabajadores de uno y otro sexo.
         MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   Las partes firmantes de este Convenio manifiestan expresamente su absoluto rechazo a la violencia de
         DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA   género y siendo conscientes de que la negociación colectiva es el cauce óptimo para facilitar el ejercicio de
         DE GÉNERO              las medidas de protección para los trabajadores/as víctimas de violencia de género en el ámbito laboral
                                previsto en La Ley Orgánica 1/2004, acuerdan al efecto reconocer como vías de acreditación suficientes
                                para el reconocimiento de víctimas de violencia de género, lo previsto en el Título 2º de la Ley citada.
         ACOSO SEXUAL Y         Ampliamente desarrollado en protocolo para la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo
         POR RAZÓN DE SEXO      en el trabajo que será de alicación en las relaciones laborales del convenio colectivo del sector industrial
         (Sanciones / Medidas / Protocolo)  de pastelería, repostería, bollería y confitería de valladolid y provincia.
         3.- JORNADA
         JORNADA LABORAL ANUAL  1.760
         REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
         4.- INDUSTRIA 4.0
         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  Artículo 19º.
                                - Teletrabajo
                                Será de aplicación el Real Decreto -ley 28/2020, de 22 de Septiembre, de trabajo a distancia.
                                En la empresa o empresas deberán articularse los medios necesarios para el adecuado ejercicio y respecto
                                de los derechos establecidos.
         REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  Artículo 20º.
                                - Derecho a la desconexión
                                Los trabajadores/as tienen derecho a estar digitalmente desconectados, a no contestar correos ni a recibir
                                llamadas fuera de las horas de trabajo a fin de que quede garantizado
                                su derecho al descanso, permisos y vacaciones.
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