Page 91 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



        6.- CONVENIO COLECTIVO PARA FAENAS AGRÍCOLAS, GANADERAS Y FORESTALES DE LA PROVINCIA DE ÁVILA.

         CÓDIGO CONVENIO        5000235011990
         VIGENCIA               2018/2020
         DENUNCIA DEL CONVENIO  La negociación del nuevo convenio, una vez denunciado el anterior deberá comenzar en el plazo máximo
                                de un mes a partir de la recepción de la comunicación de la denuncia
         NÚMERO DE TRABAJADORES  1.900
         MUJERES                1.200
         HOMBRES                700
         JORNADA                1.762 horas anuales.
         VACACIONES             31 días naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2019
         INCREMENTO SALARIAL    1,80%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias
         SALARIO ANUAL          Peón: 12.600,00   Oficial 1ª: 14.314,42
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO

         COMPLEMENTO DE I.T.    Los/as Trabajadores/as que causen baja por Incapacidad Temporal se les abonará el salario real durante
                                cuatro días como máximo y por una sola vez al año.
                                En Incapacidad Temporal por accidente de trabajo o enfermedad profeSíonal, a partir del día 15, la em-
                                presa completará la prestación del organismo correspondiente hasta el 100% del salario real. A efectos
                                del cómputo de los 15 días para alcanzar el derecho a la prestación con cargo a la empresa, se sumarán
                                las suceSívas bajas que por la misma enfermedad se produzcan en el período de un año.  91
         CLÁUSULA DE
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
         VIOLENCIA DE GÉNERO    Las partes afectadas por este Convenio se comprometen a promover el principio de igualdad de
                                oportunidades y no discriminación por razón de sexo con carácter transversal en todas las políticas y
                                áreas de la empresa. Este compromiso conlleva el de remover los obstáculos que puedan incidir en el
                                incumplimiento de este principio.
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       UCCL, UPA, ASAJA, FAA, UGT y CC.OO.
         VARIOS / OBSERVACIONES
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