Page 313 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.10.- Sector de industrias vinícola



        2.-CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIAS VINÍCOLAS, ALCOHOLERAS, LICORERAS Y SIDRERÍAS DE LA PROVINCIA DE ALBACETE.
         CÓDIGO CONVENIO        02000205011981
         VIGENCIA               2018-2019

         DENUNCIA DEL CONVENIO  Este Convenio se prorrogará automáticamente por períodos anuales, salvo denuncia expresa de cualquiera de
                                las parte firmantes, efectuada en cualquier fecha dentro de los sesenta días anteriores a la fecha de finalización
                                de su vigencia inicial o la de cualquiera de sus prórrogas.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  500
         MUJERES                360
         HOMBRES                140
         JORNADA                1.784 horas anuales
         VACACIONES             30 días naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2019
         INCREMENTO SALARIAL    2,00%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias
         SALARIO ANUAL          Peón: 11.232,75   Oficial 1ª: 12.214,5
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
         COMPLEMENTO DE IT      Los trabajadores en situación de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, exceptuando el
                                lumbago, percibirán el 100% de su salario siendo de cuenta de la empresa el abono de la diferencia que
                                pudiera existir entre las prestaciones de la entidad aseguradora y dicho salario. La diferencia en cuestión
                                será abonada por la empresa a partir del siguiente día a la fecha del accidente siempre y cuando la dura-
                                ción del mismo sea superior a cuatro días y hasta tanto permanezca el trabajador en dicha situación de
                                incapacidad temporal. Se incluye expresamente el «accidente in itinere».       313
         CLÁUSULA DE
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  Medidas referentes al acceso al empleo
         VIOLENCIA DE GÉNERO    NO
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       UGT, CCOO Y ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DEL VINO DE ALBACETE (FEDA)
         VARIOS / OBSERVACIONES
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