Page 283 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.9.- Sector de panaderías



        20.- CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE LA INDUSTRÍA DE PANADERÍA DE HUESCA.
         CÓDIGO CONVENIO        22000245012004

         VIGENCIA               2018-2020
         DENUNCIA DEL CONVENIO  Una vez finalizada la vigencia del presente Convenio, ambas partes se comprometen a iniciar negocia-
                                ciones de cara a la firma del próximo, por lo que se entiende automáticamente denunciado el presente
                                Convenio sin necesidad, por tanto, de comunicación a las partes y a la Autoridad Laboral.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  523
         MUJERES                400
         HOMBRES                123
         JORNADA                1.782 horas anuales
         VACACIONES             30 días naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2019
         INCREMENTO SALARIAL    1,80%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias + 1 paga “San Honorato” + 1 paga beneficios del 15%
         SALARIO ANUAL          Peón: 14.173,95   Oficial 1ª: 14.825,95
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   Si el IPC resultante de cada uno de los años fuera superior al incremento salarial pactado, dicho in-
                                cremento se aplicará, a los solos efectos de actualización de las tablas que servirán como referencia al
                                incremento que correspondiera al año siguiente, con un tope del máximo del 0,5%.
         COMPLEMENTO DE IT      Cuando la Incapacidad temporal, debidamente acreditada, sea consecuencia de accidente de trabajo o
                                enfermedad profesional, la empresa abonará el complemento necesario para que el trabajador perciba el
                                100% del salario neto que viniera percibiendo y con una duración máxima de 30 días.
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         CLÁUSULA DE            Con el objeto de establecer el marco que posibilite un mayor grado de estabilidad respecto del empleo
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  en el sector de esta provincia, se considera preciso establecer mecanismos que conduzcan a la aplica-
                                ción de aquellas medidas que, con carácter preventivo y coyuntural, se dirijan a favorecer aquél y ello
                                mediante la suspensión, siempre con carácter temporal, de la aplicación efectiva del Convenio sobre
                                determinadas condiciones de trabajo.
         VIOLENCIA DE GÉNERO    Sí
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       UGT, CCOO Y ASOCIACION PROVINCIAL DE FABRICANTES Y EXPENDEDORES DE PAN
         VARIOS / OBSERVACIONES
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