Page 280 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.9.- Sector de panaderías
17.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PROVINCIAL DE INDUSTRIAS Y TRABAJADORES DE PANADERÍAS, SUS EXPENDEDURÍAS
E INDUSTRIAS DEL RAMO Y BOLLERÍA DE GUADALAJARA.
CÓDIGO CONVENIO 19000245011982
VIGENCIA 2019-2021
DENUNCIA DEL CONVENIO El Convenio se entenderá denunciado automáti camente al término de su vigencia, sin necesidad de previa
denuncia. Asimismo, seguirá siendo de apli cación en todo su contenido hasta la firma de nuevo convenio
que lo sustituya.
NÚMERO DE TRABAJADORES 900
MUJERES 470
HOMBRES 430
JORNADA 1.790 horas anuales
VACACIONES 30 días naturales
EJERCICIO ECONÓMICO 2019
INCREMENTO SALARIAL 2%
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de una mensualidad de salario base +antigüedad+ complemento decantidad, cada una de ellas.
SALARIO ANUAL Peón: 13.075,59 Oficial 1ª: 18.702,59
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
COMPLEMENTO DE IT Los trabajadores que se encuentren en situación de Incapacidad Temporal derivada de accidente de
trabajo, enfermedad profesional y maternidad, y mientras dure la relación laboral, el empresario comple-
mentará hasta el 100% de la media de los últimos seis meses de base de cotización. En los supuestos
de enfermedad común y accidente no laboral, las empresas complementarán, de la media de los últimos
280 seis meses de base de cotización y a partir de la publicación de este convenio en el Boletín Oficial, en
base a los siguientes porcentajes y periodos. Del 1.er al 3.er día de la baja, las empresas no abonarán a
los trabajadores el complemento, salvo que la baja sea de una duración superior a 15 días, que, en estos
casos, se abonarán desde el 1.er día de la baja el 100% de la media de los últimos seis meses de base
de cotización.
CLÁUSULA DE
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO NO
VIOLENCIA DE GÉNERO SI
DERECHOS DIGITALES Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral:
Respecto al acoso laboral, se contempla el derecho de las personas trabajadoras al respeto de su intimi-
dad y a la consideración debida a su dignidad.
Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
PARTES FIRMANTES UGT,CC.OO,USO Y EMPRESAS ASOCIADAS A LA CEOE-CEPYME DE FABRICANTES Y EXPENDEDORES DE PAN
DE GUADALAJARA
VARIOS / OBSERVACIONES