Page 166 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.2.- Sector de aceites y derivados
15.-CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE ACEITES Y SUS DERIVADOS DE TOLEDO.
CÓDIGO CONVENIO 45000425011989
VIGENCIA 2018-2019
DENUNCIA DEL CONVENIO Llegada su finalización quedará, automáticamente, denunciado sin necesidad de previo requerimiento.
Concluida su vigencia y hasta tanto en cuanto no se logre nuevo acuerdo será de aplicación en todo su
contenido.
NÚMERO DE TRABAJADORES 375
MUJERES 300
HOMBRES 75
JORNADA 1.792 horas anuales
VACACIONES 22 días laborables
EJERCICIO ECONÓMICO 2019
INCREMENTO SALARIAL 1,10%
PAGAS EXTRAORDINARIAS 2 pagas extraordinarias + 1 paga de beneficio
SALARIO ANUAL Peón: 13.339,65 Oficial 1ª: 14.136
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
COMPLEMENTO DE IT Enfermedad común: En los casos de enfermedad común, los trabajadores, tanto fijos como eventuales o
temporeros, percibirán el 100% de su salario base más antigüedad. Este complemento se abonará única-
mente mientras la relación laboral esté vigente y siempre que el trabajador tenga cubierto el periodo de
carencia requerido para tener derecho a la prestación.
166 Accidentes: En el supuesto de accidente se estará a lo que disponga la Ordenanza Laboral, percibiéndose
el 100% del salario base más la antigüedad y beneficios. Dado que los trabajadores/as fijos de tempora-
da o campaña perciben a diario las partes proporcionales de domingos o festivos, pagas extraordinarias
y vacaciones, esta garantía se aplicará también en dichos conceptos.
CLÁUSULA DE Las partes firmantes de este convenio colectivo apuestan por un incremento de la contratación indefi-
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO nida como factor de estabilidad laboral por sus indudables ventajas en diversos órdenes; a la vez que
facilitar la inserción laboral de quienes tienen especiales dificultades para encontrar un empleo en
igualdad de derechos.
VIOLENCIA DE GÉNERO Aplicar los derechos laborales de las mujeres víctimas de violencia de género, contenidos en la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre de medidas de protección integral contra la violencia de género.
DERECHOS DIGITALES Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito labo-
ral: Se realizará al menos un reconocimiento médico anual a todos los/as trabajadores/as, respetando
en todo caso la intimidad del/la trabajador/a y la confidencialidad de los datos.
Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
PARTES FIRMANTES ASOC. PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE INDUSTRIAS DE ACEITE, UGT, CCOO Y USO
VARIOS / OBSERVACIONES Premio de nupcialidad. Premio a la constancia.