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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones
37.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR DE CONFITERÍA, PASTELERÍA, BOLLERÍA Y REPOSTERÍA INDUS-
TRIAL DE VALLADOLID
VIGENCIA 2018-2020
CÓDIGO CONVENIO 47000095011982
DENUNCIA DEL CONVENIO La denuncia del presente Convenio Colectivo será automática y hasta la firma de uno nuevo se manten-
drá vigente el presente en todos sus términos tanto económicos como normativos.
NÚMERO DE TRABAJADORES 225
HOMBRES 70
MUJERES 155
JORNADA 1.760 horas anuales
VACACIONES 31 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 2 pagas extraordinarias + 1 paga de beneficio
SALARIO ANUAL Peón: 12.521,60 Oficial 1ª: 14.200,55
INCREMENTO SALARIAL 2,00%
CLÁUSULA DE REVISIÓN Para el cálculo definitivo de la tabla de cada año se tomara como referencia la tabla definitiva del año
anterior y se le aplicara un incremento igual a sumar el IPC real de cada año más un 0,5%.
COMPLEMENTO DE I.T. El personal en situación de I.T. derivada de enfermedad común o accidente no laboral, percibirá un
complemento por parte de la empresa de acuerdo con las siguientes escalas:
•Del 1º al 3º día: el 65 %, una sola vez al año
•Del 4º al 20º día: el 75 %
•Del 21º hasta el 90º día: el 85% Para el caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional los tra-
bajadores percibirán un complemento adicional a las prestaciones establecidas por la seguridad social
que garantizara el 100% de todos los conceptos salariales fijos y variables, estos últimos se calcularán 217
sobre la media de los últimos seis meses en que se cause la baja.
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN Las empresas programarán los cursos necesarios para el sector, estas acciones formativas deberán ser
de aplicación directa a los procesos productivos del mismo de acuerdo con los representantes de los tra-
bajadores para garantizar la competitividad y la estabilidad en el trabajo. La formación preferentemente
se impartirá en horario de trabajo y si no es posible se compensará el tiempo en forma de descansos
retribuidos.
COMITÉ DE SALUD LABORAL Art. 40 del Convenio. Integración de las normas laborales con las disposiciones administrativas relativas
a la salud laboral.
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD Art. 49 del Convenio.Garantía de Igualdad de Oportunidades y no discriminación entre las personas
VIOLENCIA DE GÉNERO
PARTES FIRMANTES UGT,CCOO Y ASOCIACION PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE CONFITERÍA DE VALLADOLID
BUENAS PRÁCTICAS Protocolo para la prevención del Acoso sexual y el acoso por razón de sexo