Page 46 - Las marcas de distribución en los sectores Cárnico, Panadería, Lácteas y Procesado de Pescado
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Empresa: EL POZO ALIMENTACIÓN, S.A. Ranking 2
Provincia Murcia
CCAA Murcia
Sector Cárnicos
Ventas 2017 (Mill €) 1129
Plantilla 2017 4366
MDD SI
Nombre Convenio CONSERVAS VEGETALES
Código Convenio 99001305011981
Vigencia 2017-2019
Centro de Trabajo-CCAA FRIPOZO, S.A. TORRE DE COTILLAS (MURCIA)-MURCIA
Cláusula de Ultraactividad 5 años
Jornada Anual h/año 1.776,00
Jornada Semanal h/semana
Trabajador Fijo: Peón €/año 14.349,75
Trabajador Fijo: Oficial 1€/año 15.005,55
Vacaciones Treinta días naturales
Nº Pagas 3
Importe Pagas extraordinarias Salario base + antigüedad
La antigüedad regulada en este artículo quedó fijada en el importe que tuviere cada trabajador al 31
Antigüedad
de diciembre de 1995
Incremento Salarial 1,20%
Cláusula de Revisión Salarial No contempla
Complemento de IT EC No contempla
Complemento de IT AT EP No contempla
Hospitalización
Seguro Colectivo Muerte natural: 3.000 euros. Muerte o Incapacidad permanente por accidente: 15.000 euros.
Pasarán a ser trabajadores fijos discontinuos los trabajadores eventuales que sean contratados por
tercer año consecutivo, siempre que en los dos años anteriores hayan trabajado un mínimo de 100
jornadas efectivas por año. la empresa contratará al menos un 85% de los trabajadores eventuales
Cláusula de Estabilidad que hayan prestados servicios en el año anterior, siempre y cuando la empresa tenga la posibilidad
en el Empleo
de ocuparlos efectivamente. No podrá ser contratado bajo ninguna modalidad trabajador alguno,
dentro de cada categoría y especialidad, en tanto en cuanto no estén de alta todos los fijos
discontinuos y eventuales que la empresa tenga obligación de contratar
Formación L as partes acuerdan la constitución de una Comisión Paritaria Estatal del Sector
Salud Laboral Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Comité de seguridad y salud. Redacción amplia
Clausula de medio ambiente No contempla
La representación del Sindicato será ostentada por un Delegado Sindical en aquellos centros
de trabajo con plantilla que excedan de 150 trabajadores y cuando los Sindicatos posean en los
mismos una afiliación superior a 25 trabajadores. Por lo que respecta a la posible acumulación
Derechos Sindicales
de horas mensuales retribuidas, los miembros del Comité, en cuanto componentes del mismo,
podrán cederlas hasta el 100 por 100 de las que a cada uno correspondan, a favor de un trabajador
de su propia Central Sindical. Comité intercentros
Todos aquellos trabajadores que por accidente de trabajo o enfermedad profesional, con
reducción de sus facultades físicas o intelectuales sufran una capacidad disminuida, tendrán
Mejoras sociales I
preferencia para ocupar los puestos más aptos, en relación con las condiciones que existan en la
empresa
Mejoras sociales II Premio de permanencia equivalente a treinta días de salario de Convenio, más antigüedad
Mejoras sociales III No contempla
Mejoras sociales IV No contempla
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