Page 374 - Las marcas de distribución en los sectores Cárnico, Panadería, Lácteas y Procesado de Pescado
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Resultados de la investigación Resultados de la investigación
Hay que señalar que todos los convenios de empresa en este sector recogen o
mencionan de forma genérica medidas para promover la igualdad de trato y
oportunidades entre mujeres y hombres. La mayoría de las cláusulas son muy
genéricas y meramente declarativas, ya que no recogen medidas concretas. Las
medidas más concretas se encuentran en el Plan de igualdad y no en el convenio
colectivo.
En cuanto a los Convenios sectoriales analizados de este sector, se observa que
tan solo el 20% de ellos recoge medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y
oportunidades entre mujeres y hombres. Estos convenios sectoriales se relacionan
con empresas MDD y MDF, con lo cual no se puede realizar una comparativa real
(Panadería y pastelería de la Comunidad Valenciana, Panadería y pastelería de Toledo).
El desarrollo más completo lo encontramos en el Convenio Colectivo de Panadería
y pastelería de Toledo que dedica un Artículo entero de su redactado a Medidas de
igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres (Artículo 58). Remite a
la Ley 3/2007, establece una serie de medidas y acciones agrupadas y estructuras
por áreas temáticas de actuación y marca los objetivos principales que pretenden
alcanzar esas medidas. Las medidas que recoge este Convenio son aplicables a las
áreas de actuación de: Selección, promoción y desarrollo personal y Formación.
En cuanto al tratamiento de medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y
oportunidades entre mujeres y hombres en los convenios de ámbito empresarial,
destaca Siro Cerealto Antequera y Siro Paterna con un Artículo titulado Medidas y
que en ambos convenios recoge el mismo texto, más desarrollado en el caso de Siro
Paterna: se establecen medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación
por razón de género, y a promover la igualdad de trato y oportunidades entre
mujeres y hombres, de aplicación directa para todo el personal de la empresa, y
que se estructuran en las siguientes materias:1. Acceso al empleo, reclutamiento y
selección.2. Promoción.3. Formación.4. Equilibrio de la vida personal y profesional.
5 Comunicación, política social- salarial; Kellogg de manera muy genérica (Art. 43.
Igualdad de oportunidades); Forns Valencians (Cap. VIII. Art. 41. II. Plan de igualdad
entre mujeres y hombres: Garantizar un entorno laboral de calidad, llevando a
acciones encaminadas a favorecer la igualdad de trato y de oportunidades de toda la
plantilla, en todas las áreas: acceso a la empresa, contratación, promoción, formación,
retribución, salud laboral, comunicación y sensibilización. Implementar medidas que
favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral del conjunto de la plantilla.
Integrar la perspectiva de género en la gestión de la empresa en todas sus políticas
y a todos los niveles. Prevenir y eliminar cualquier posibilidad de discriminaciones
por razón de sexo futuras); y Anitin Panes Especiales (Cap. IX Igualdad de trato y
de oportunidades. Art. 30: (…) La empresa se compromete a la consecución de la
igualdad real efectiva (de trato y de oportunidades) de mujeres y hombres en el
acceso a la empresa, la contratación y las condiciones de trabajo, la promoción, la
formación, la retribución, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la salud
laboral, etc. garantizando los recursos humanos y materiales que sean necesarios).
Medidas de preferencia a favor del sexo menos representado (acciones positivas)
De los 30 convenios analizados, tan solo 7 de ellos incluye o menciona algo sobre
medidas de preferencia a favor del sexo menos representado, lo que supone el 23%
del total. De estos convenios, el 86% se aplica en empresas relacionadas con la
fabricación de productos MDD y el 14% restante con empresas MDF.
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