Page 326 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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5. IGUALDAD SALARIAL
                Menciona el principio
                de igualdad salarial

                                      Artículo 36.1.
                                      1.5 Condiciones Salariales.
                                      A. La empresa no realizará ninguna discriminación salarial por razón de sexo en las
                                      condiciones salariales que aplica al personal de la empresa.
                                      Tanto los salarios de incorporación como los salarios que durante la vida profesional
                Desarrolla la Igualdad   pueda percibir, únicamente estarán basados en hechos objetivos de experiencia
                Salarial
                                      profesional, de desempeño en el puesto y de potencial de desarrollo.
                                      B. En el Plan de Igualdad se analizarán las retribuciones y conceptos que se abona
                                      al personal comparando las efectuadas al personal masculino y femenino y caso
                                      de evidenciar diferencias procederá a  actuar para  eliminarlas, mejorando  las del
                                      colectivo menos favorecido.
                                           6. ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO
                Incluido como falta   Artículo 50. Régimen disciplinario: Faltas y sanciones c) Por faltas muy graves:
                muy grave             Acoso sexual. Definición y conductas (Muy desarrollado)
                                      Artículo 36. Igualdad de género y prevención de riesgos psicosociales. 2. Prevención
                                      de Riesgos Psicosociales.
                                      A su vez, las partes acuerdan mantener y continuar aplicando para la prevención
                Medidas preventivas
                                      de riesgos psicosociales, y en particular la prevención del acoso sexual y acoso por
                                      razón de sexo en el trabajo, los Protocolos que en su momento se acordaron a tal
                                      finalidad y que siguen rigiendo
                Protocolo contra el
                acoso
                         7. MEDIDAS DE PROTECCIÓN TRABAJADORAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
                Menciona los
                derechos LO4/2001
                Recoge mejoras de los
                derechos LO4/2001










































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