Page 323 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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ANÁLISIS DE EMPRESAS Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA
SALARIOS
Salario mínimo
anual (€/año) Peón 16.725,34 € Oficial 1ª 19.125,18 €
Nº pagas 2 Importe pagas Art. 13.
extraordinarias extraordinarias SB+CSP+Complemento personal
Incremento 501 euros
Salarial
Cláusula NO
revisión salarial
Salario variable
Artículo 12. Estructura Salarial. B. Complemento Salarial Personal (CSP).
Tendrá la consideración de salario consolidable y no absorbible. Para el personal que vaya
a cumplir 5 años o haya cumplido 5 años en la empresa hasta el 31.12.2022, percibirán
un abono mínimo en este complemento de 70 euros mensuales. Dicho complemento
Antigüedad se empezará a retribuir desde el 01.01.2021, siendo consolidable en las 14 pagas en el
Complemento Salarial Personal (CSP).Para el personal que vaya a cumplir 10 años o hayan
cumplido 10 años en la empresa hasta 31.12.2023 percibirán un abono mínimo en este
complemento de 90€ mensuales. Dicho complemento se empezará a retribuir desde el
01.01.2021, siendo consolidable en las 14 pagas en el Complemento Salarial Personal (CSP)
EMPLEO Y CONTRATACIÓN
Cláusula de Estabilidad en el
empleo
Regulación de contratación
temporal
DERECHOS SINDICALES
Art. 46. garantías .
El total de horas sindicales que correspondan a los miembros del Comité
Acumulación de horas de Empresa o Delegados de Personal, Delegados Sindicales afiliados o
que figuran en la lista de una misma central sindical podrán acumularse
en uno o varios de sus componentes.
Delegado sindical
Artículo 47. Gastos de desplazamientos de los miembros del Comité y
Delegados de Personal.
La empresa deberá satisfacer sus gastos de desplazamiento para
Otros derechos sindicales reuniones, gestiones, etc., relacionados con la misma a los costes
establecidos en el presente convenio para desplazamientos.
Art 48.
8 horas anuales para asambleas
PROTECCIÓN SOCIAL Y MEJORAS SOCIALES
Artículo 34. Incapacidad temporal.
La IT, derivada de EC o ANL,A partir del día 21 de la situación 100% de su retribución,
Complemento IT EC
excepto las horas extraordinarias. En el tramo de 16-20 días 75%, entre el tramo de
4-15 días de un 60%, siendo a cuenta de la persona trabajadora los 3 primeros días.
Artículo 34. Incapacidad temporal.
Complemento IT AT
EP Hospitalización En caso de AT o enfermedad grave que requiera hospitalización, 100% desde el primer
día.
Artículo 33. Seguro colectivo de accidentes.
Seguro Colectivo Muerte o invalidez permanente, sobrevenida como consecuencia de accidente, sea o
no laboral, cobertura de 60.000,00 Euros de cuantía.
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