Page 312 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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SALARIOS
                Salario mínimo
                anual (€/año)   Peón         15.243,81 €                 Oficial 1ª  15.893,69 €

                Nº pagas        2            Importe pagas       Art. 20. SB+ Plus Antigüedad Consolidada+ Plus
                extraordinarias              extraordinarias     Excategoría
                Incremento      2,00%
                Salarial
                Cláusula        NO
                revisión salarial
                Salario variable

                                Artículo 19. Plus antigüedad consolidada.
                                Aquellos trabajadores que a 31 diciembre 2012 percibían antigüedad, se les mantendrá la
                                misma como complemento “ad personam”, llamado “plus antigüedad consolidada”. Este
                                complemento no podrá ser compensado ni absorbido bajo ninguna circunstancia y será
                                revalorizado anualmente con el incremento pactado por convenio.
                Antigüedad
                                Artículo 21. Plus de vinculación.
                                Se establece un plus de vinculación a los tres años de servicio, que debe incrementarse
                                con la misma cuantía cada tres años más de servicio ininterrumpido, hasta 24 años como
                                máximo. Con las siguientes cuantías anuales:
                                Año 2020 - 24,43 euros


                                                EMPLEO Y CONTRATACIÓN
                Cláusula de Estabilidad en el
                empleo
                                              Artículo 22. Personal de campaña eventual. El personal que tenga esta
                Regulación de contratación    consideración percibirá, además de los salarios de este Convenio, una
                temporal
                                              suma mensual de 49,55 euros


                                                 DERECHOS SINDICALES
                                              Artículo 36. Representación sindical .
                                              Los  diversos  miembros  del  comité  de  empresa  y,  en  su  caso,  los
                                              delegados de personal pueden acumular las horas que tengan como
                                              tiempo sindical en uno de sus componentes o en más de uno, sin rebasar
                Acumulación de horas
                                              el máximo total.
                                              En caso de que sólo exista un representante sindical, puede acumular las
                                              horas anualmente, es decir, a 31 de diciembre se pierden las que no ha
                                              utilizado
                                              Artículo 36. Representación sindical. En caso de excedencia para
                                              desempeñar cargos sindicales de nivel de secretariado comarcal o
                                              superior, se tiene derecho a la readmisión, tanto si hay plaza como si no
                                              la hay e independientemente del número de trabajadores de la empresa;
                                              es necesario hacer el preaviso con un mes de tiempo. Las empresas
                Delegado sindical
                                              deben otorgar hasta tres días no retribuidos, como máximo, para asistir a
                                              congresos de los sindicatos respectivos. El número máximo de licencias
                                              será de dos trabajadores, en cuanto a las empresas de más de diez, o uno,
                                              en caso de que tenga menos; es necesario computar dos representantes
                                              sindicales de empresa o un representante, respectivamente
                Otros derechos sindicales












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