Page 265 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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ANÁLISIS DE EMPRESAS Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA





                            FICHAS NEGOCIACIÓN COLECTIVA  | Comida Refrigerada


                                                   DATOS GENERALES
                Nº Orden Ranking              10         Nº Orden centro de trabajo  25

                Nombre empresa                PLATOS TRADICIONALES, S.A.
                Ventas 2020 (mill. €). Variación   116,77 Mill € (+17,06%)
                s/ año anterior
                Plantilla 2020 (mill. €). Variación
                s/ año anterior               684 (+7,38%)
                Fábrica MDD                   SI
                Centro de trabajo. Provincia.   Valencia - Buñol
                Localidad                     COM. VALENCIANA
                                              CONVENIO COLECTIVO PARA LA FABRICACIÓN DE CONSERVAS
                Nombre del convenio
                                              VEGETALES
                Código del convenio           99001305011981

                Vigencia                      2017-2021


                                                JORNADA Y VACACIONES
                Jornada laboral               Anual      1.776            Semanal
                Vacaciones                    Anexo II. 30 dias naturales
                Regulación de Flexibilidad de
                jornada
                Regulación régimen de trabajo
                a Turnos


                                                        SALARIOS

                Salario mínimo   Peón        15.078,75 €                 Oficial 1ª  15.768,00 €
                anual (€/año)
                Nº pagas                     Importe pagas       30 días de salario Convenio + Antigüedad (Art.45).
                extraordinarias  3           extraordinarias     Premio de permanencia (Art. 46)

                Incremento      1,00%
                Salarial
                                Acuerdo 3º Acta de prórroga 2020-2021.
                Cláusula        En caso de que el IPC nacional de 2020 sea superior al 1% se realizará una revisión salarial
                revisión salarial  con la diferencia hasta el tope del 1,5%. Si el IPC supera el 1,5 % el exceso no será tenido
                                en cuenta para la revisión. La revisión se aplicará, si procede, desde el 1 de enero de 2020
                Salario variable

                Antigüedad


















                                                                                                                265
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