Page 180 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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SALARIOS
Salario mínimo
anual (€/año) Peón 14.072,83 € Oficial 1ª 16.596,04 €
Nº pagas 2 Importe pagas Una mensualidad Salario base + permanencia
extraordinarias extraordinarias
Incremento
Salarial 2,00%
En el caso que el IPC real de cada uno de los años de vigencia, fuesen superior al 2% se
Cláusula
revisión salarial establecerá una Cláusula de Revisión Salarial en igual cuantía que será llevado a tablas y
pagándose los atrasos correspondientes
Artículo 22. Plus variable de producción.
La empresa, de forma voluntaria, podrá implantar un sistema de retribución variable
adicional, individual o colectivo, en función de la consecución de objetivos, como la
producción, el ahorro energético, beneficios de la empresa, etc. Este sistema, así como
cualquier modificación de este, deberá previamente ser sometido a información o
Salario variable consulta que posibilite acuerdo con los representantes de los trabajadores.. Estos objetivos
deberán ser medibles, cuantificables y alcanzables, concretándose además el método
para su seguimiento regular por parte de los representantes de las personas trabajadoras.
La cuantía destinada a estas retribuciones variables, de establecerse será por acuerdos
anuales en función de unos objetivos definidos y no formarán parte de la masa salarial y
tendrán carácter de no consolidables.
Art. 25. Derecho «Ad personam» y proveniente así mismo de la denominada antigüedad
hasta la fecha del 31 de diciembre del 2006, el importe de dicho derecho se prorrogara
Antigüedad
bajo la denominación de «Permanencia» para quienes fueran poseedores de tal derecho
histórico
EMPLEO Y CONTRATACIÓN
Art. 12. Estabilidad de la plantilla:
La contratación temporal, sólo se podrá hacer en aquellas empresas que,
siendo su actividad de carácter permanente, tengan como mínimo el 75%
de su plantilla en contratación indefinida. No podrán realizarse contratos
temporales incluidos los contratos de puesta a disposición mientras no
Cláusula de Estabilidad en el exista la plena ocupación de todo el personal fijo o fijo discontinuo de
empleo
la empresa. Adquirirán la condición de fijos discontinuos quienes fueran
contratados como tal y aquellos otros eventuales que sean contratados
por segundo año consecutivo con contrato temporal o de ETT y hubieran
permanecidos dado de alta en la Seguridad Social un mínimo de 180 días
por año.
Art. 12.
Contratación temporal directa o indirecat. causas generales:
1. Cubrir baja derivadas de IT.
Regulación de contratación 2. Por ausencias imprevistas.
temporal
3. Trabajos que, por su especial cualificación. 4. Pedidos imprevistos.
5. Abundancia de materias primas y siempre que suponga una anomalía
dentro de cada campaña.
DERECHOS SINDICALES
Art. 39.
Se podrán acumular las horas de los distintos miembros del comité de
Acumulación de horas empresa y, en su caso, de los delegados de personal en uno o varios de
sus componentes, sin rebasar el máximo total. Tal acumulación no podrá
exceder los límites establecido normativamente
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