Page 432 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación Resultados de la investigación
5 de ellos (42%) son fabricantes de MDD en tanto que los 7 restantes (58%) son fabricantes
exclusivos de MDF. El 21% de los Convenios que afectan a los Centros de trabajo de
empresas fabricantes de MDD recogen alguna mejora de este tipo, en tanto que el 27% de
los fabricantes de MDF las tienen.
Mejoras sociales III
Vinculación, jubilación o incapacidad
No Fabrica MDD
58%
Fabrica MDD
42%
Como ejemplo:
CONVENIO COLECTIVO DE KELLOGG MANUFACTURING SPAIN. Aplicable en el Centro
de trabajo de Valls (Tarragona) de KELLOGG ESPAÑA, S.L.. Fabrica en exclusiva MDF
Artículo 37. Plan de pensiones
El personal con una antigüedad mínima de 6 meses tiene la opción de participar en el Plan
de Pensiones de la Compañía a través del cual por cada cantidad que aporta el trabajador
o trabajadora la compañía aporta el doble.
El actual plan de pensiones es flexible en cuanto a inversiones y puede elegirse entre 4
perfiles de riesgo diferentes (con más renta variable o menos):
DZP-1 (CONSERVADOR) Invierte un 15% en renta variable
DZP-2 (DINÁMICO) Invierte un 50% en renta variable
DZP-3 (RV EUROPA) Invierte un 85% en renta variable
MIXTO 22% BOLSA (MODERADO) invierte parcialmente en bolsa
CONVENIO COLECTIVO DE BIMBO DONUTS CANARIAS S.LU.. STA. CRUZ DE TENERIFE.
Se aplica en el centro de Santa Cruz de Tenerife de BIMBO DONUTS IBERIA. Fabrica MDD
ARTICULO 49. JUBILACIÓN ANTICIPADA.
Los trabajadores/as que reúnan los requisitos mínimos para acceder a la jubilación
anticipada, podrán acogerse a la misma de conformidad con la normativa vigente.
Si tal jubilación fuese el resultado de un pacto con la empresa, dicho trabajador podrá
recibir:
- Un complemento, en pago único, calculado por la diferencia entre el importe anual que
hubiese percibido de jubilarse a la edad ordinaria según legislación vigente y el realmente
cobrado anualmente por la jubilación voluntaria anticipada, multiplicada dicha diferencia
por el número de años, o fracción, que resten hasta cumplir la edad ordinaria de jubilación.
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