Page 417 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación                                                                                                                                                                    Resultados de la investigación







                        1. En cuanto a las primeras 10 jornadas de flexibilización, serán cambiadas por días de
                        descanso entra semana que podrán acumularse por semanas y que adicionalmente serán
                        compensadas con la cantidad de 83,81 euros brutos por cada jornada adicional.

                        La compensación económica descrita en el presente epígrafe no será de aplicación para
                        los jefes de línea por disponer de una regulación propia y específica sobre este tema.

                        2. En cuanto a las siguientes 10 jornadas de flexibilización, la empresa deberá comunicar
                        al Comité de empresa por escrito con una antelación mínima de 15 días la realización
                        de cada una de estas jornadas, que podrán realizarse en sábado, domingo o en aquellos
                        festivos que el Comité de empresa haya aceptado ser declarados productivos (cada año,
                        en la negociación del calendario se indicará cuáles son los días festivos que pueden ser
                        trabajados).

                        Estas jornadas, en total 80 horas, no recibirán ningún tipo de compensación al quedar ya
                        retribuidas a través del plus bolsa de horas.

                        3. En cuanto a las últimas 7 jornadas de flexibilización, deberán ser preavisadas por escrito
                        y con idéntica antelación (15 días), pero éstas serán cambiadas por días de descanso que
                        incluso podrán ser acumulables en semanas completas fuera de los períodos de máxima
                        producción en la planta.

                        4. En régimen bolsa de horas, cada trabajador, a nivel individual disfrutará mínimo de un fin
                        de semana completo de descanso en cada uno de los meses del año.
                        Plus bolsa de horas

                        Los  trabajadores  que  presten  servicios  en  este  tipo  de  régimen  percibirán  la  siguiente
                        Retribución anual



                           PUESTO DE TRABAJO                                    IMPORTE PLUS BH

                           Grupo profesional I                                  4.125,65€
                           Grupo profesional II                                 2.861,01€

                           Grupo profesional III                                2.640,38€



                        Como conclusión en este apartado, decir que la regulación de la Distribución irregular de la
                        jornada se halla ampliamente regulada en las empresas del sector, aunque dicha regulación
                        está más extendida en la empresa que fabrica MDF registrándose además en las mismas
                        una regulación muy exhaustiva y garantista para las personas trabajadoras.


                        ANTIGÜEDAD:


                        El derecho a la percepción de retribución en concepto de antigüedad con una amplia
                        presencia en la muestra analizada de Convenios del Sector de Panaderías. Así, 39 de los
                        50  Centros  de  trabajo  de  la  muestra  tienen  regulada  en  sus  Convenios  la  Antigüedad.
                        Representan el 78% del total.









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