Page 422 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación                                                    Resultados de la investigación





                        Las clausulas que aparecen recogidas son de diversa índole:


                          -Las más frecuentes son las que hacen mención al límite máximo de temporalidad o de
                           contratos de trabajo realizados a través de ETT
                          - Otras cláusulas establecen compromisos de contratación indefinida durante la vigencia
                           del Convenio
                          -Por último hemos encontrado clausulas que comprometen a la empresa a no hacer uso
                           de medidas de extinción colectiva de contratos durante la vigencia del Convenio.

                        Como ejemplo:

                        CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA “GALLETAS GULLÓN, S.A.” DE AGUILAR DE
                        CAMPOO (PALENCIA). Fabrica MDD

                        Artículo 19. Acuerdo de contratación. 2017-2021
                        Se acuerda la realización de 200 contrataciones indefinidas, bien por transformación o
                        bien por contratación directa. (Fijando un tope de temporalidad en la plantilla Gullón de
                        10%). En materia de contratación se atenderá a diversos puntos como el tiempo de servicio
                        en la empresa, desarrollo, empleabilidad, conducta, trayectoria y experiencia en el puesto

                        BIMBO DONUTS IBERIA, S. A. U. CENTRO DE TRABAJO DE PARACUELLOS DE JARAMA.
                        Fabrica MDD

                        ARTÍCULO 10. GARANTÍA DE EMPLEO.
                        La  empresa  no  hará  uso  unilateral  de  las  posibilidades  legales  contempladas  en  los
                        artículos 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores, y en el caso de producirse excedente
                        de personal en el centro de trabajo afectado por este Convenio, o ante la concurrencia
                        de circunstancias objetivas que determinen el citado excedente de personal, la empresa
                        deberá, con carácter previo, negociar con la Representación Legal de los Trabajadores
                        la adopción de cualquier medida relacionada con la citada situación de excedente de
                        personal.

                        CONVENIO  COLECTIVO  DEL  SECTOR  DE  PANADERÍA  DE  NAVARRA,  aplicable  en  los
                        Centros del trabajo de Navarra (Multiva baja, Tafalla y Tajonar) de GRUPO MONBAKE.
                        Fabrica MDF


                        Artículo 7.º
                        (…)
                        3. Contratación estable y temporalidad.
                        Las  empresas  del  Sector  de  Panadería  de  Navarra,  mantendrán  un  nivel  de  empleos
                        estables respecto de la contratación temporal en los siguientes términos:
                        –El índice mínimo de contratos estables será del 88 %, y el índice máximo de temporalidad
                        será del 12 %. Estos índices mínimos y máximos se calcularán sobre el total de la plantilla
                        de cada Empresa en cómputo anual.

                        Como conclusión en este apartado apuntar que, aunque en general son poco frecuentes,
                        los compromisos de garantía de empleo se dan con mayor frecuencia en las empresas
                        que fabrican MDD, encontrándose además en este tipo de empresas compromisos con
                        más fuerza vinculante y que aportan en algún caso creación de empleo indefinido.












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