Page 239 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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FICHA RESUMEN IGUALDAD
                                                 Convenio Colectivo Panadería y Pastelería Comunidad Valenciana
                                                       Empresa: MONBAKE GRUPO EMPRESARIALS.A.U.
          Regula el principio de igualdad   No
          entre mujeres y hombres

          Menciona la obligatoriedad de   No
          negociar Planes de Igualdad
                                               2. La Comisión Paritaria del presente Convenio Colectivo velará por el efectivo
                                               cumplimiento en el sector de los siguientes criterios. 3. Se establecen las
                                               siguientes líneas de trabajo durante la vigencia del presente Convenio Colectivo:
                                               a) Estudiar, para su incorporación al Convenio Colectivo, medidas de aplicación
                                               en las acciones de movilidad funcional para la cobertura de puestos de carácter
                                               indefinido.
                                               b) Efectuar un seguimiento de las posibles discriminaciones, tanto directas como
          Comisión de Igualdad        Art. 55
                                               indirectas, para lo cual se establece el modelo de denuncia de situaciones de
                                               acoso en el anexo III del presente Convenio Colectivo.
                                               c) Efectuar un seguimiento de la evolución del empleo y la igualdad de
                                               oportunidades en el sector para realizar políticas activas que eliminen las
                                               eventuales discriminaciones que pudieran detectarse por razón de sexo, estado
                                               civil, edad, procedencia territorial y demás circunstancias que pudieran originar
                                               discriminación o quiebra del principio de igualdad de oportunidades
          Medidas dirigidas a promover la
          igualdad de trato y de oportu-  Art. 55  Funciones de la Comisión de igualdad
          nidades entre hombres y mujeres

                                               a) Que tanto las mujeres como los hombres gocen de igualdad de oportunidades
          Contratación                Art 55
                                               en cuanto a empleo, formación, promoción y el desarrollo de su trabajo.
          Formación
                                               c) Que la mujer trabajadora tenga en el seno de la empresa las mismas
                                               oportunidades que el hombre en casos de ascensos y funciones de mayor
          Promoción                   Art. 55
                                               responsabilidad. d) Que en los sistemas de clasificación profesional no se haga
                                               distinción entre funciones masculinas y femeninas
          Adaptación de jornada
          Regula el principio de Igualdad   Art 55  b) Que la mujer trabajadora esté equiparada al hombre en todos los aspectos
          Salarial                             salariales, de manera que a igual trabajo la mujer siempre tenga igual retribución
          Acoso sexual y por razón de sexo  Art. 56  Actuaciones frente al acoso en el ámbito laboral
          Faltas muy graves           No

                                               2. En las empresas que no hayan elaborado plan de igualdad, con carácter
                                               general se establecen las siguientes medidas preventivas:
                                               a) Sensibilizar a la plantilla tanto respecto a la definición y formas de
                                               manifestación de los diferentes tipos de acoso, como en los procedimientos de
                                               actuación establecidos en el presente artículo para los casos en que este pudiera
                                               producirse.
          Medidas preventivas         Art. 56  b) Impulsar la aplicación del principio de no tolerancia y de corresponsabilidad
                                               en cuanto a los comportamientos laborales que se desarrollen en las
                                               empresas, en especial por parte del personal con mayor nivel de mando y de
                                               responsabilidad.
                                               c) Promover iniciativas formativas que favorezcan la comunicación entre
                                               personal con capacidad de mando y los respectivos equipos de trabajo en
                                               cualquiera de los niveles jerárquicos



















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