Page 17 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Metodología
Planes de Igualdad, en este punto se recoge información sobre mención a los planes
de igualdad en general, o al plan de la propia empresa cuando es un convenio de
empresa. Asimismo se destacan los textos que recogen la definición de los planes de
igualdad, así como sus objetivos y áreas de trabajo: selección, contratación, formación,
promoción, retribución, etc....
Comisión de igualdad, este aspecto recoge la implantación de Comisiones de
igualdad en los convenios, comisiones de igualdad sectoriales. Se busca que no solo
se mencione dicha comisión, sino que se desarrolle su composición, funciones y
periodicidad de sus reuniones.
Medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres
y mujeres, se refiere tanto a objetivos que se persiguen como medidas genéricas o
medidas de acción positiva en las áreas de análisis: contratación, formación, promoción
y/o adaptación de jornada, que bien se recojan en el convenio o que hagan mención
al plan de igualdad de la empresa.
• Recojan en el convenio o que hagan mención al plan de igualdad de la empresa.
Principio de igualdad salarial, se refiere a buscar en el grupo de convenios analizados
si se recoge el concepto según el cual, las personas que realizan trabajos de igual valor
deben recibir la misma remuneración, sin discriminación por género, raza, orientación
sexual, nacionalidad, etc…
Acoso sexual y/o por razón de sexo, en este campo se analizan tres variables
complementarias. En primer lugar si se incluye este tipo de acoso entre el listado
de faltas muy graves del régimen disciplinario del convenio; en segundo lugar si el
convenio recoge medidas preventivas contra este tipo de acoso y, en tercer lugar si
el convenio incluye o anexiona un Protocolo o procedimiento de actuación en casos
de acoso sexual y por razón de sexo. Se valorará positivamente si el Protocolo cuento
con un desarrollo amplio, de sus distintas fases, recoge definiciones, cuenta con la
participación de la representación legal de las personas trabajadoras en el proceso
investigador, recoge plazos para la resolución del caso, requisitos de la denuncia, así
como medidas disciplinarias y cautelares.
Protección de las trabajadoras víctimas de violencia de género. Para desarrollar este
punto se analiza si el convenio recoge alguno de los derechos de las trabajadoras
víctimas de violencia de género recogidos en la Ley 1/2004, 28 de diciembre, o si es
más innovador y recoge alguna medida de mejora de estos derechos.
La mayoría de la información se ha obtenido a través de fuentes de información en
red (INTERNET): Bases de datos de empresas, revistas especializadas, páginas web
de empresa, páginas web sobre MDD y consumo, publicaciones oficiales: convenios
colectivos publicados en los BOE (provinciales, autonómicos y estatales), registros
oficiales, etc…
Somos conscientes que utilizar fuentes de información en red como INTERNET, tiene
la ventaja de ser un procedimiento actual de acceso a la información, es rápido y
de fácil acceso y proporciona importantes datos para llevar a cabo un análisis en
profundidad. Sin embargo, la dependencia de estas fuentes puede conducir a datos
parciales o erróneos, en ocasiones de difícil interpretación al no saber hasta qué punto
representan tendencias reales y su contenido puede no ser totalmente fiable.
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