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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario




              SALUD LABORAL Y                                       Cláusulas reseñables sobre salud y
                                                                     seguridad laboral
                                                                     (comités y delegados)
              MEDIO AMBIENTE                                        Cláusulas de Medio Ambiente




                  5.  CLÁUSULAS RESEÑABLES                 Artículo 58 - Norma general:
                     SOBRE SALUD LABORAL                   El  trabajador, en la prestación de sus servicios,
                     (COMITÉS Y DELEGADOS)                 tendrá derecho a una protección eficaz en materia
                                                           de seguridad y salud.
                                                           El trabajador está obligado a observar en su trabajo
                                                           las medidas legales y reglamentarias de seguridad y
                                                           salud. Para la previsión de los riesgos las empresas
                                                           y trabajadores harán efectivas las  normas sobre
                                                           seguridad  y salud contenidas  en la  Ley de
                                                           Prevención de Riesgos Laborales y demás normas
                                                           de desarrollo.

                                                           El empresario está obligado a facilitar  una
                                                           formación  práctica y  adecuada  en materia de
                                                           seguridad y salud a los trabajadores que contrate,
                                                           cuando cambien de puesto de trabajo o tengan que
                                                           aplicar una nueva técnica que pueda ocasionar
                                                           riesgos graves para
                                                           el propio  trabajador,  para sus compañeros o
                                                           terceros, ya sea con servicios propios, ya sea con la
                                                           intervención     de    los    servicios    oficiales
                                                           correspondientes. El trabajador está obligado a
                                                           seguir dichas enseñanzas y a realizar las prácticas
                                                           necesarias cuando se celebren dentro de la jornada
                                                           de trabajo o en otras horas pero con el recuento en
                                                           aquélla del tiempo invertido en las mismas.
                                                           Artículo 59 - Seguridad en el trabajo: Las industrias
                                                           y los trabajadores se comprometen al desarrollo de
                                                           la protección de la salud y la seguridad en el trabajo
                                                           al amparo de la Ley  de Prevención de Riesgos
                                                           Laborales y normativa complementaria. Todas las
                                                           empresas del sector estarán obligadas a implantar y
                                                           aplicar un plan de prevención de riesgos laborales,
                                                           para lo que deberán realizar la oportuna evaluación
                                                           de riesgos y adoptar las medidas preventivas que
                                                           correspondan. La  organización  de la prevención
                                                           podrá hacerse por alguna de las modalidades que
                                                           permita la normativa según los supuestos: asunción
                                                           por  el  empresario, designación  de  uno o  varios
                                                           trabajadores, constitución de un servicio  de
                                                           prevención propio o contratación de un servicio de



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