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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario



                                                                       Igualdad de trato entre y
                                                                        oportunidades entre hombres y
                  PERSPECTIVA DE                                       Principio de Igualdad Salarial
                                                                        mujeres
                         GÉNERO E                                      Protección de Violencia de Género
                                                                       Acoso Sexual y por razón de sexo
                        IGUALDAD                                        (Sanciones/medidas/protocolo)



                                                             Artículo 53 - Derechos de la mujer trabajadora.
                   77. IGUALDAD DE TRATO Y
                       OPORTUNIDADES ENTRE                   Ninguna mujer será discriminada por razón de sexo
                       HOMBRES Y MUJERES                     y, realizando el mismo trabajo que el hombre, tiene
                                                             derecho a cobrar igual salario.
                                                             Artículo 53  -  Derechos de la mujer trabajadora:
                   78. PRINCIPIO DE IGUALDAD                 Ninguna mujer será discriminada por razón de sexo
                       SALARIAL                              y, realizando el mismo trabajo que el hombre, tiene
                                                             derecho a cobrar igual salario.
                   79. PROTECCIÓN DE VIOLENCIA               No
                       DE GÉNERO

                   80. ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN  Artículo 38 - Faltas: 3.- Faltas muy graves:
                       DE SEXO                               Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
                       (SANCIONES/MEDIDAS/PROTOCOLO)
                                                             l. El acoso sexual. y el acoso moral. Por su parte se
                                                             entiende     por    acoso     sexual,    cualquier
                                                             comportamiento, verbal o físico, de naturaleza
                                                             sexual que tenga el propósito o produzca el efecto
                                                             de atentar contra la dignidad de una persona, en
                                                             particular cuando se crea un entorno intimidatorio,
                                                             degradante u ofensivo (art 7.1 LO 3/2007)
                                                             Constituye  acoso  por  razón  de  sexo,  cualquier
                                                             comportamiento realizado en función del sexo de
                                                             una persona, con el propósito o el efecto de atentar
                                                             contra su dignidad y de crear un entorno
                                                             intimidatorio,
                                                             degradante u ofensivo. (art. 7.2 LO 3/2007).
                                                             Artículo 40 - Conciliación de vida laboral y familiar:
                                                             2). Medidas para evitar el acoso sexual y  moral,
                                                             acoso por razón de sexo y para mejorar la salud
                                                             laboral.
                                                             a. La empresa deberá promover condiciones de
                                                             trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por
                                                             razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos
                                                             para su prevención y para dar cauce a las denuncias

                                                             o reclamaciones que puedan formular quienes
                                                             hayan sido objeto del mismo.Con esta finalidad se


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