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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                           apreciase las circunstancias alegadas, mediante
                                                           Resolución  fundada, requerirá a la Empresa  para
                                                           que adopte las medidas de seguridad apropiadas, o
                                                           que suspenda sus actividades en la zona o local de
                                                           trabajo o con el material peligroso. También podrá
                                                           ordenar,  con los informes técnicos precisos, la
                                                           paralización inmediata del trabajo si se estima un
                                                           riesgo grave de accidente. Si el riesgo de accidente
                                                           fuera inminente, la paralización de las actividades
                                                           podrá ser acordada por acuerdo mayoritario de los
                                                           representantes legales de los  trabajadores si el
                                                           empresario no adopta o permite la adopción de las
                                                           medidas necesarias para garantizar la seguridad y la
                                                           salud de los trabajadores. El acuerdo podrá  ser
                                                           aprobado  por decisión mayoritaria de  los
                                                           Delegados de Prevención cuando  no resulte
                                                           posible reunir con la urgencia requerida al órgano
                                                           de representación del personal.
                  14. CLÁUSULAS DE MEDIO                   Anexo N.º 8 - Medio Ambiente:
                     AMBIENTE                              En las empresas con más de 50 personas
                                                           trabajadoras se elegirá un Delegado/a de Medio
                                                           Ambiente de entre los miembros del Comité de
                                                           Empresa, teniendo un crédito horario adicional
                                                           para llevar a cabo sus funciones. El crédito horario
                                                           adicional será igual al establecido en el artículo  68
                                                           del ET apartado e).

                                                           1. Las funciones y competencias serán:
                                                           – Colaborar con la Dirección de la empresa en la
                                                           mejora de la acción medioambiental.
                                                           –  Promover y fomentar la cooperación de los
                                                           trabajadores en el cumplimiento de la normativa
                                                           medioambiental.
                                                           –  Ejercer  una labor  de seguimiento sobre el
                                                           cumplimiento de la normativa de medioambiente,
                                                           así   como     de    las  políticas   y   objetivos
                                                           medioambientales que la empresa establezca.
                                                           –  Colaborar con el diseño y desarrollo de las
                                                           acciones formativas en materias relacionadas con
                                                           las obligaciones medioambientales de la empresa y
                                                           que  permitan un mejor conocimiento de los
                                                           problemas de esta naturaleza.
                                                           2. Sin perjuicio de los derechos reconocidos en la
                                                           legislación vigente a la representación de los
                                                           trabajadores y sindical en cada Centro de trabajo, a
                                                           través del delegado de medioambiente, se facilitará
                                                           información:




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