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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                             contenido de sus labores, así como el reglamento
                                                             interno  de funcionamiento  y  el calendario de
                                                             reuniones. Las partes en el seno de esta Comisión
                                                             trabajarán en todos los temas que le sean propios
                                                             y, en especial, en la difusión del Protocolo de Acoso
                                                             Laboral  y  Sexual  suscrito  así  como  impulsar  la
                                                             realización  de estudios sobre la  posible brecha
                                                             salarial existente.



                SALUD LABORAL Y                                       Cláusulas reseñables sobre salud y
                                                                       seguridad laboral
                                                                       (comités y delegados)
                MEDIO AMBIENTE                                        Cláusulas de Medio Ambiente




                   15. CLÁUSULAS RESEÑABLES SOBRE            Disposición adicional cuarta - Comisión Paritaria
                       SALUD LABORAL                         para la Prevención de Riesgos Laborales:
                       (COMITÉS Y DELEGADOS)                 Las partes constituyen una Comisión Paritaria para
                                                             la Prevención de Riesgos Laborales que estará
                                                             compuesta por 4 miembros  designados por los
                                                             Sindicatos  y 4 miembros designados por las
                                                             Organizaciones empresariales, que en ambos
                                                             casos hayan  sido partes en  la negociación del
                                                             presente Convenio Colectivo. La Comisión Paritaria
                                                             podrá asumir funciones específicas para estudiar la
                                                             adecuación de la actual  normativa sobre
                                                             prevención de riesgos laborales a las peculiaridades
                                                             del sector y, en su caso, proponer a la Comisión
                                                             Negociadora, incorporarlas al texto del  Convenio
                                                             Colectivo.

                                                             La Comisión Paritaria para la Prevención de Riesgos
                                                             Laborales se reunirá a fin de proceder a los trabajos
                                                             de adecuación de la normativa específica al sector.
                   16. CLÁUSULAS DE MEDIO AMBIENTE  Disposición              Complementaria       Séptima      -
                                                             Delegados/as de medio ambiente: En el seno del
                                                             comité de empresa y/o entre los delegados/as de
                                                             personal de un centro de trabajo, se podrá nombrar
                                                             entre  sus  miembros  un/a  Delegado/a  de  Medio
                                                             Ambiente cuyas funciones y competencias serán:

                                                             1. Promover y fomentar la cooperación de las
                                                             personas trabajadoras  en el cumplimiento de la
                                                             normativa medioambiental.

                                                             2. Ejercer una labor de seguimiento de las políticas
                                                             y objetivos que la empresa establezca en esta
                                                             materia.





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