Page 99 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
P. 99

4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



        17.-CONVENIO COLECTIVO DEL CAMPO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

         VIGENCIA               2016/2018
         CÓDIGO CONVENIO        81000095012001
         DENUNCIA DEL CONVENIO  El convenio se prorrogará automáticamente en caso de no existir denuncia.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  65.000
         MUJERES                26.000
         HOMBRES                39.000
         JORNADA                1.768 horas anuales.
         VACACIONES             30 días naturales
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  Se establecen tres pagas extraordinarias ( 2 extraordinarias más 1 de beneficio). La cuantía de las tres
                                pagas será por importe igual a la mensualidad anterior de salario base más antigüedad, y si el personal
                                estuviese en I.T. la inmediatamente anterior a dicha situación.
         EUROS MES PEÓN AGRÍCOLA  710,31
         EUROS MES ENCARGADO GENERAL 1.105,34
         INCREMENTO SALARIAL    0%
         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
         COMPLEMENTO DE I.T.    SÍ. En caso de IT derivada de enfermedad o accidente, las Empresas complementaran a todo personal fijo
                                que se encuentre en dicha situación hasta el 100 % del Salario Convenio de su categoría fija. Este com-
                                plemento se percibirá desde el primer día de estar el personal asalariado en dicha situación hasta que sea
                                dado de alta, y a los eventuales en caso de IT derivada de accidente el 100 % los veinte primeros días.
         CLÁUSULA DE            SÍ, además crea Comisión de Fomento de Empleo.
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO                                                                              101
         COMISIÓN DE FORMACIÓN  SÍ. Se crea comisión paritaria de formación.
         COMITÉ DE SALUD LABORAL  SEGÚN LPRL. Se establece una formación obligatoria en materia de  prevención de riesgos laborales para
                                todos los trabajadores que se encuadran dentro del ámbito de aplicación del presente convenio.
         CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
         CLÁUSULAS DE IGUALDAD  NO
         VIOLENCIA DE GÉNERO    NO
         PARTES FIRMANTES       ASAJA, UGT y CC.OO.
   94   95   96   97   98   99   100   101   102   103   104