Page 167 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Sector de bebidas refrescantes
2.-CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE FABRICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE BEBIDAS REFRESCANTES DE LA
COMARCA DE LÉRIDA.
VIGENCIA Del 1 de Enero de 2013 al 31 de Diciembre de 2014
DENUNCIA DEL CONVENIO Si no existe denuncia de las partes, se seguirán rigiendo por las mismas normativas establecidas en el
convenio una vez finalizado el periodo de vigencia.
JORNADA 1.790 horas anuales.
VACACIONES 23 días laborables.
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de una mensualidad de salario base + los aumentos por año de servicio correspondan cada una
de ellas.
INCREMENTO SALARIAL El incremento pactado para el año 2013 será del 0,50% sobre las tablas definitivas a 31 de Diciembre de
2012.
Para el año 2014 se pacta un incremento del 0,60% sobre todos los conceptos retributivos y con efectos
económicos del 1 de Enero de 2014.
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL No. Para el año 2013: Cualquiera que sea la variación del IPC nacional registrado por INE a 31 de diciem-
bre de 2013, no se producirá ninguna revisión en el incremento pactado.
Para el año 2014: Cualquiera que sea la variación del IPC nacional registrado por INE a 31 de diciembre
de 2014, no se producirá ninguna revisión en el incremento pactado.
CLÁUSULA DE ABSORCIÓN Y Las condiciones salariales serán absorbibles y compensables, siempre que la remuneración total del
COMPENSACIÓN trabajador en computo anual, superase lo estipulado en convenio.
EUROS AÑO 11.686,50
COMPLEMENTO DE I.T. NO
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SEGURO COLECTIVO Las empresas mediante la concertación de una póliza de cobertura en la entidad aseguradora garantiza-
rán a sus trabajadores o sus herederos las indemnizaciones siguientes:
Muerte de trabajador: 12.650 €
Incapacidad Permanente y Total para la profesión habitual: 6.200 €
Incapacidad permanente y absoluta para el desempeño de cualquier profesión: 6200 €
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN Sí, se integra dentro de la comisión paritaria de convenio.
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD SI
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
PARTES FIRMANTES AGRUPACIÓN PROVINCIAL DE DISTRIBUIDORES DE BEBIDAS REFRESCANTES, CC.OO Y UGT.