Page 437 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Resultados de la investigación                                                                                                                                                                    Resultados de la investigación





                        Entre los Centros de trabajo que tienen en sus condiciones laborales la regulación de
                        la antigüedad, el 70%, 19 Convenios pertenecen a empresas que fabrican, total, parcial
                        o mayoritariamente MDD. Representan el 59% de los Centros de trabajo que fabrican,
                        en todo o en parte, MDD.



                                                        Antigüedad





                                                                                  No Fabrica MDD
                                                                                  30%
                         Fabrica MDD
                         70%























                        Como ejemplos podemos citar:


                        • COCA COLA -COBEGA Embotellador, S.L.U., que se aplica en el centro de GRUPO
                          COCA-COLA IBERIA en Martorelles del Vallés (Barcelona). Fabrica en exclusiva MDF.

                        Artículo 34º.- Plus de Vinculación.-

                         1. Los trabajadores/as de COBEGA EMBOTELLADOR, S.L.U tendrán derecho a percibir
                          un plus  de vinculación  consistente en  una cantidad fija de  28,43 euros  anuales
                          por cada trienio de permanencia en la Empresa, hasta un máximo de 10 trienios,
                          equivalentes a 30 años de antigüedad. Dicha cuantía será la misma para todas las
                          categorías profesionales.

                         2. El plus de vinculación se abonará fraccionado en 16 partes, a pagar con las
                          retribuciones ordinarias de cada una de las 16 pagas existentes en esta Empresa, y
                          constará en el recibo de salarios bajo el epígrafe de Plus de Vinculación.

                         3. Para aquellos trabajadores/as fijos de plantilla en jornada completa, o fijos
                          discontinuos, de alta en la Empresa a 31 de diciembre de 1.993, y que en esa fecha
                          tengan reconocidas condiciones retributivas por el concepto de antigüedad que, en
                          forma global y en cómputo anual, superen las que se derivan de la aplicación del
                          Plus de Vinculación, se estará a lo que establece la Disposición Adicional Segunda.








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