Page 349 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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GRUPO EMPERADOR SPAIN, S.A.
              DIGITALIZACIÓN EN EL GRUPO
                                                                   VID PROVINCIA DE CADIZ
           Protección social/económica del    NO
           trabajador/a
           Derechos digitales y protección de datos  Derecho a la intimidad en relación con la vigilancia de la salud

           Mecanización/automatización        NO
           Formación, cualificación y grupos   NO
           profesionales

                                              En relación a la seguridad y salud: en toda ampliación o modificación del proceso
                                              productivo se procurará que la nueva tecnología no genere riesgos que superen
                                              los valores límites señalados, en su caso, por el Ministerio de Trabajo. Cuando se
           Medidas de adecuación de los cambios   implante nueva tecnología se añadirán asimismo las técnicas de protección que
           tecnológicos y prevención de riesgos   dicha tecnología lleve anejas.
           laborales                          Tecnología y organización del trabajo: el comité de seguridad y salud y/o
                                              delegados de prevención deberán ser informados con carácter previo de todas
                                              aquellas decisiones relativas a la tecnología y organización del trabajo que tengan
                                              repercusión sobre la protección de la salud de los trabajadores.
           Teletrabajo/Plataformas digitales  NO

           Contratación e implantación de nuevas
           tecnologías                        NO

           BYOD                               NO




                         IGUALDAD EN GRUPO EMPERADOR SPAIN, S.A. (CC. INDUSTRIAS VINICOLAS DE CÁDIZ)
                                                       CÁDIZ (JEREZ)
                                                             Artículo. 49º.- Igualdad de oportunidades.-
                                                             Las organizaciones firmantes del presente convenio y las
                                                             empresas afectadas por su ámbito funcional, garantizarán
                                                             la igualdad de oportunidades entre hombre y mujeres, así
                                                             como la no discriminación por cuestiones de raza, religión o
                                                             cualquier otra condición.
               Regula los términos y condiciones para garantizar el
          1                                                  De acuerdo con la legislación vigente, se pondrá especial
               principio de igualdad
                                                             atención en cuanto a los cumplimientos de dicha legislación en
                                                             materia de:
                                                             - acceso y estabilidad en el empleo
                                                             - igualdad salarial en trabajo de igual valor
                                                             - formación y promoción profesional
                                                             - ambiente laboral exento de acoso sexual o moral

               Planes de Igualdad

                                                              Artículo. 49º.- Igualdad de oportunidades.-
                                                             Fedejerez y los sindicatos firmantes del convenio tienen
                                                             constituida, una comisión de igualdad, con el correspondiente
               Comisión  de Igualdad                         reglamento de funcionamiento aprobado y registrado, que
                                                             contiene las competencias a llevar a cabo a nivel de sector,
                                                             que definirá lostérminos y condiciones que habrán de
                                                             cumplimentarse en las empresas sobre los planes de igualdad

               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de
          2                                                  NO
               trato y de oportunidades entre hombres y mujeres
               Contratación
               Promoción

               Estabilidad en el empleo

               Formación
               Salarios

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