Page 261 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Empresa: J. GARCÍA CARRIÓN, S.A. (JGC)- GRUPO Ranking 1
Nº orden Centro de trabajo 4
Provincia Murcia
CCAA MURCIA
Sector Vinos
Ventas 2018(Mill).
Variación sobre año anterior 836,51 Millones de € (2,44%)
Plantilla 2018.
Variación sobre año anterior 198 (11,86%)
MDD SI
CCAA CATALUNYA
Provincia BARCELONA Villanova i la Getrú (Jaume Serra, S.A.)
Nombre Convenio CAVAS Y VINOS ESPUMOSOS DE CATALUNYA
Código Convenio 79000755011994
Vigencia 2018-2020
Cláusula de Ultraactividad 2 años desde la denuncia
Jornada Anual h/año 1784
Jornada Semanal h/semana NO REGULA
Trabajador Fijo: Peón €/año 20.422,36
Trabajador Fijo: Oficial 1 €/año 21.558,74
Vacaciones 23 días laborables
Nº Pagas 2
Importe Pagas extraordinarias Salario base+ premio vinculacion+complemento
Complemento ad personam trabajadores con antigüedad anterior a 1997. Cantidad según tablas.
Antigüedad
Inbcremento en los mismos porcentajes que el Convenio
Incremento Salarial 2,00%
Cláusula de Revisión Salarial NO REGULA
Del 1º al 3º día: el 71,25%.;- Del 4º al 15º día: el 80%.;- Del 16º al 20º día: el 86,25%.;- Del 21º al 49º
Complemento de IT EC día: el 90%.;- Del 50º día hasta los 18 meses: el 100%.. 100% desde el primer dia si hay intervención
quirurgica con hospitalizaciónhospitalización
Complemento de IT AT EP 100% del salario
Hospitalización
19.494€ en los casos de muerte por accidente laboral e invalidez absoluta por cualquier trabajo por
Seguro Colectivo
accidente laboral.
Cláusula de Estabilidad
en el Empleo NO REGULA
Independientemente del número de trabajadores/as de las mismas, pueden constituirse secciones
Derechos Sindicales sindicales. Delegado sindical. Acumulacion trimestral de horas de delegados en otro trabajador del
sector (en empresas de más de 50 trabajadores
Premio anual de asistencia y puntualidad 448,80€/año, que se cobrará y calculará por periodos
Mejoras sociales I
semestrales, con descuentos por retrasos o faltas de asistencia
170,40€ mensuales durante la vigencia del Convenio, por cada hijo/a discapacitado físico o
Mejoras sociales II
psíquico
Mejoras sociales III 201,65€, por cada trabajador/a con hijo/a en edad de Escolarización obligatoria
Mejoras sociales IV 7,52 e mensuales como sustitutivo de la cooperativa
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