Page 679 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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ESTATAL



          INDUSTRIAS CÁRNICAS|

          Código de Convenio | 99000875011981
                                                    IGUALDAD







          PROVINCIA:                        LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
          ESTATAL                           Nada

          VIGENCIA:                         IGUALDAD SALARIAL:

          01-01-2021                        DISPOSICIÓN  COMPLEMENTARIA  CUARTA.  MEDIDAS  DE
          31-12-2023                        ACCIÓN POSITIVA Para contribuir eficazmente a la aplicación del
                                            principio de no discriminación y a su desarrollo bajo los conceptos
          ESTADO:                           de igualdad de condiciones en trabajos de igual valor, es necesario
          REVISADO                          desarrollar una acción positiva particularmente en las condiciones de
                                            contratación,  salariales,  formación,  promoción  y  condiciones  de
          Nº TOTAL                          trabajo  en  general,  de  modo  que  en  igualdad  de  condiciones  de

          TRABAJADORES:                     idoneidad  tendrán  preferencia  las  personas  del  género  menos
          44.775                            representado en el grupo profesional de que se trate. En materia
                                            salarial  se  da  por  reproducido  el  artículo  28  del  Estatuto  de  los
          Nº MUJERES:                       Trabajadores, que establece las condiciones del principio de igualdad
                                            de remuneración por razón de sexo y señala que se refiere tanto a
          8.955                             la retribución directa como indirecta, salarial como extrasalarial, así
                                            como el artículo 3 del Real Decreto-ley 902/2020, de 13 de octubre,
          Nº HOMBRES:                       de igualdad retributiva entre mujeres y hombres o normas que, en
          35.820                            ambos casos, sustituyan a las anteriores. Cualquier modificación legal
                                            que se produzca en la precitada normativa se dará reproducida


                                            VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
                                            Nada

                                            VIOLENCIA DE GÉNERO:

                                            CAPÍTULO V Ingresos, ascensos y ceses Artículo 34. Período de
                                            prueba. (…). Las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento,
                                            adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante
                                            el embarazo, riesgo durante la lactancia y violencia de género, que
                                            afecten  a  la  persona  trabajadora  durante  el  periodo  de  prueba,
                                            interrumpirán el periodo de prueba, salvo pacto en contrario

                                            ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO:

                                            Nada
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