Page 530 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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CAFÉ



          ELABORACIÓN DE TORREFACTORES DE CAFÉ, SICEDÁNEOS

          Y CHOCOLATES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA|
          Código de Convenio | 80000725012008
                                                   JORNADA







          PROVINCIA:                        JORNADA ANUAL:                                 1.784 horas anuales
          PAÍS VALENCIANO                   REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:

          VIGENCIA:                         Artículo 16. Registro de jornada
          2023-2026                         En aplicación de lo previsto en el artículo 34.9 del Estatuto de los
                                            Trabajadores,  las  empresas  afectadas  por  el  presente  convenio
          ESTADO:                           colectivo  garantizarán  el  registro  de  jornada  diario  de  todas  las
          NUEVO                             personas trabajadoras vinculadas a las mismas mediante una relación
                                            laboral  ordinaria.  Las  empresas  estarán  obligadas  a  conservar  los
          Nº TOTAL                          registros  de  jornada  realizados  durante  cuatro  años,  que
          TRABAJADORES:                     permanecerán  a  disposición  de  las  personas  trabajadoras,  de  sus
                                            representantes  legales  y  de  la  Inspección  de  Trabajo  y  Seguridad
          563                               Social. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 64.9 del Estatuto
                                            de los Trabajadores, los registros de jornada formarán parte de los
          Nº MUJERES:                       derechos de información de la Representación Legal de las personas
          225                               trabajadoras  con  la  periodicidad  que  se  establezca.  La
                                            Representación Legal de las personas trabajadoras deberá guardar la
          Nº HOMBRES:                       oportuna reserva y proteger los datos puestos a su disposición de
          338                               acuerdo con la normativa vigente de protección de datos personales,
                                            así como con lo establecido en el artículo 65.2 del Estatuto de los
                                            Trabajadores.  El  sistema  de  registro  de  jornada  existente  en  la
                                            empresa será de obligado cumplimiento por parte de las personas
                                            trabajadoras incluidas en el ámbito de aplicación del texto refundido
                                            de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el caso del trabajo a
                                            distancia  deberá  garantizar  fielmente  el  tiempo  que  la  persona
                                            trabajadora  que  realiza  trabajo  a  distancia  dedica  a  la  actividad
                                            laboral, sin perjuicio de la flexibilidad horaria, y deberá incluir, entre
                                            otros,  el  momento  de  inicio  y  finalización  de  la  jornada.  Deberá
                                            tenerse  en  cuenta  que,  las  personas  trabajadoras  (personas
                                            trabajadoras a distancia, actividad comercial, mandos intermedios y
                                            puestos  directivos,  etc.)  pueden  prestar  servicios  bajo  distintas
                                            fórmulas de flexibilidad, así como con capacidad de auto organización
                                            del  tiempo  de  trabajo,  implicando  esto  último  la  existencia  de
                                            tiempos de compensación por posibles excesos de jornada diarios
                                            auto gestionados por las propias personas trabajadoras en cómputo
                                            semanal, mensual o anual.
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