Page 376 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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BEBIDAS REFRESCANTES



          CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LAS
          INDUSTRIAS DE BEBIDAS REFRESCANTES DE LA

          COMUNIDAD VALENCIANA|

          Código de Convenio | 80000555012002
                                                  SALARIOS







          PROVINCIA:                        INCREMENTO SALARIAL 2023:                                   2,50%
          PAÍS VALENCIANO                   SALARIO ANUAL PEÓN:                                   18.000,67 €
                                            SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª:                             18.742,53 €
          VIGENCIA:                         SALARIO ANUAL
          2022-2024                         ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      21.213,03 €

          ESTADO:                           DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN:                              2.880,67 €
          REVISADO                          DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª                         3.622,53 €
                                            DIFERENCIA SMI 2023                                    6.093,03 €
          Nº TOTAL                          ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
          TRABAJADORES:                     CLÁUSULA DE REVISIÓN:
          630                               Al finalizar la vigencia de este Convenio, se comprobará si la suma del IPC

                                            general de 2022, 2023 y 2024 es superior al 8%, en cuyo caso la diferencia
          Nº MUJERES:                       se aplicará de la siguiente forma: a)Si la diferencia fuese igual o inferior al
          258                               2%,  los  valores  que  se  tomarán  como  base  de  cálculo  para  aplicar  la
                                            actualización de 2025, serán los resultantes de actualizar las tablas de 2024
                                            con dicha diferencia. b)Si la diferencia fuese superior al 2%, los valores que
          Nº HOMBRES:                       se tomarán como base de cálculo para aplicar la actualización de 2025,
          372                               serán  los  resultantes  de  actualizar  las  tablas  de  2024  en  el  50%  de  la
                                            diferencia entre la suma del IPC general de 2022, 2023 y 2024 y el 8%. El
                                            otro 50% se aplicará en la actualización de las tablas de 2026.

                                            PAGAS EXTRAORDINARIAS:

                                            Anualmente  el  personal  tendrá  2  gratificaciones  extraordinarias  que  se
                                            abonarán el 15 de julio y el 15 de diciembre, respectivamente, en la cuantía
                                            de 30 días de salario base más antigüedad consolidada según corresponda.
                                            El personal que ingrese o cese durante el año, el interino, el eventual o el
                                            de campaña, percibirá dichas gratificaciones especiales en proporción al
                                            tiempo  efectivamente  trabajado.  Con  el  carácter  de  participación  en
                                            beneficios,  las  empresas  abonarán  a  todo  el  personal  una  gratificación
                                            equivalente  a  30  días  de  salario  base  más  antigüedad  consolidada  que
                                            corresponda. Se recomienda por las partes se abone de una sola vez el 15
                                            de marzo, y que corresponderá al ejercicio económico del año anterior.
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